Así, ¿para qué invertir en Cuba?
Elías Amor Bravo, economista
La respuesta nos la acaban de dar. El
régimen castrista anda dando vueltas a la forma de conseguir una
mayor eficiencia en el proceso inversionista. Un artículo en Granma
“Lograr la mejor reproducción de cada peso invertido” abunda en
estas cuestiones. Recientemente, el Decreto No. 327 “Reglamento del
proceso inversionista”, y un conjunto de normativas complementarias
que entrarán en vigor próximamente, tienen como principal objetivo,
y cito textualmente, “actualizar y atemperar a las condiciones
actuales las diferentes normativas que guardan relación con dicho
proceso, constituye un paso fundamental”.
El que crea que en Cuba existe algún
tipo de libertad económica para invertir, que se olvide. El Decreto regula todas
las inversiones que se ejecutan en el territorio nacional por las
entidades estatales, las sociedades mercantiles de capital 100%
cubano, las empresas mixtas, las Asociaciones Económicas
Internacionales (AEI) y las Empresas de capital totalmente
extranjero. Después de la publicación del nuevo entramado legal,
hasta las modalidades de inversión extranjera se extraen de la
recientemente aprobada Ley de Inversión Extranjera, y entran
dentro del ámbito de lo establecido en la Resolución 91
“Indicaciones para el Proceso Inversionista”, del 16 de marzo
del 2006, del Ministerio de Economía y Planificación, que es
el ejemplo más palmario del intervencionismo estalinista que domina
buena parte de las decisiones de la economía castrista.
En esencia, este Decreto es un golpe de
mano que centraliza, unifica todos los conceptos relativos a las
inversiones, y fija un marco de obligado cumplimiento para cualquier
tipo de inversiones en territorio nacional, excepto las Zonas
Especiales de Desarrollo y en los “derroteros de la Oficina del
Historiador de La Habana”, por sus específicas características. A
partir de este momento, la marcha de las inversiones extranjeras no
sólo se controla por el régimen, sino que se somete al conjunto de
normas jurídicas del proceso inversionista que rige en la Isla.
Por lo demás, el Decreto fija la
responsabilidad del inversionista, su definición en el marco legal,
sus funciones y las del resto de los sujetos que forman parte del
proceso, desde el proyectista, suministrador, constructor, explotador
y contratista. El término “explotador” no tiene desperdicio. No
son capaces de suprimir la retórica del odio ni siquiera en un texto
legal. Incluso, los inversores tienen que estar “capacitados
sistemáticamente”, lo que no se comprende muy bien qué significa,
y además, acreditados con un título sin el cual no podrán ejercer
sus funciones. Es decir, nada escapa al control del régimen.
Ese peligroso aumento del intervencionismo, va
acompañado, curiosamente, de un proceso de descentralización en los
niveles de dirección, dentro del llamado proceso de
perfeccionamiento empresarial. Suena a trampa. Si bien, en la
actualidad el 85 % de las inversiones se aprueba a nivel central, ya
sea en el Ministerio de Economía y Planificación, el Ministerio
del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera,
o en el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se
pretende que los directores de empresas puedan aprobar determinadas
inversiones sin necesidad de hacer consultas. Un argumento
baladí, si se tiene en cuenta la forma que se establece la
organización piramidal de la economía. En todo caso, el Decreto se
encarga de confirmar que los directores solo podrán aprobar pequeñas
inversiones, como las que garanticen la reproducción simple de su
actividad, el reequipamiento y el sostenimiento de sus funciones. Al
final, siempre obedecen a alguien.
Las autoridades confían que por medio
del Reglamento se pueda ordenar mejor las diferentes fases del
proceso inversionista. Lo dudo. Una cosa es ordenar y otra controlar in extremis. Una intervención que es total, desde la
obtención de los diferentes permisos, las circunstancias en que se
solicitan, quién los concede y el tiempo que puede demorar en
responder un organismo al que se le haga algún tipo de consulta,
entre otras. Cualquier movimiento será sometido a vigilancia y control. Trabas y más trabas.
Es sorprendente lo que se dice en
Granma, y cito textualmente, “hasta el momento ningún documento
legal normaba claramente qué hacer en estos casos y a partir de
ahora todos los organismos de consulta cuentan con una herramienta
legal, atemperada a la actualización del modelo económico. Con ella
se ordenan sus obligaciones en el proceso inversionista en temas
específicos que son de su rectoría tales como: localización, medio
ambiente, transferencia de tecnología, empleo de fuentes renovables
y uso eficiente de la energía, seguridad y orden interior, defensa,
comercialización, uso del espectro radioelectrónico,
transporte, turismo, construcción, uso del suelo y sus recursos
minerales, industria, elaboración de alimentos, higiene y defensa
civil”. Es decir, el intervencionismo y control, que antes era
adhocrático, ahora se convierte en una práctica normada y
organizada. No se sabe que puede ser peor.
Se presenta como una innovación la
creación de la “Ventanilla Única” para la tramitación de
permisos, la entrada en vigor de un mecanismo que considera el
silencio como aprobación, el silencio positivo, que al parecer hasta
ahora no existía en la jungla burocrática castrista.
A partir de la entrada en vigor del
Decreto No. 327, la licitación como técnica de gestión, se
aplicará a todas las fases del proceso inversionista. Esta
técnica abarcará a todas las “formas estatales y no estatales,
con diferentes entidades, nacionales y extranjeras”. En esencia, se
pretende que se liciten todos los proyectos, la construcción,
los suministros pensando que así se pueden obtener las mejores
ofertas en un ambiente de transparencia y competitividad.
Creo que este es un nuevo ejemplo de
las contradicciones y dificultades que tiene la economía castrista
para despojarse de las ataduras que la frenan y le impiden
desarrollarse en condiciones normales. En vez de liberar fuerzas
productivas, hacen justo lo contrario. Al final, siempre acaban en lo mismo. Atentar contra el
comportamiento inversor de esta forma es ir contracorriente en las
experiencias que los economistas conocen y dominan. Cierto es que el
gran Keynes nunca vio con buenos ojos la excesiva libertad de los
emprendedores para desarrollar sus proyectos de inversión, y pensaba
que ese comportamiento de los “animal spirits” estaba en contra de la
necesaria igualdad macroeconómica de ahorro e inversión.
Pero lo que han hecho en la economía
castrista es rizar el rizo, y poner bajo control del estado y sus
decisiones ideológicas y políticas, las bases del proceso de
crecimiento de una economía. No es extraño que la participación de
la formación bruta de capital fijo sobre el PIB en Cuba sea de las
más bajas del mundo. Difícilmente se podrá recuperar. Este nuevo
modelo tampoco ofrece garantías, y desde luego es un claro aviso a
navegantes, en este caso, inversores extranjeros que saben que sus
decisiones estarán sometidas a control del estado. Así, ¿para qué
invertir en Cuba?
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