¿Mercado y plan en el comunismo cubano? ¿Qué relación hay entre ambos?

Elías Amor Bravo, economista

Una edición de “Cuadrando la caja” abordó hace unos días una cuestión que se ha venido suscitando desde la aprobación de las llamadas “transformaciones”, en un programa titulado: ¿Mercado en el socialismo cubano: ¿Adiós a la planificación?

Participaron en el mismo, Adriano García, experto de la dirección de planificación del Ministerio de Economía y Planificación, Rafael Montejo, Máster en ciencias y director del Centro de Estudios de Técnicas de Dirección de la Universidad de La Habana y Ayuban Gutiérrez, profesor de la Facultad de Economía de la Universidad de La Habana, a la vez que vicepresidente primero de la ANEC.

Por extraño que pueda parecer, los asistentes empezaron sus intervenciones olvidándose de dos artículos fundamentales de la constitución comunista de 2019, y se dedicaron a valorar un posible equilibrio entre el plan central y el mercado dentro del socialismo. Y así, de paso, abordaron otras cuestiones diversas, como ¿De qué se habla cuando decimos una economía planificada? ¿Acaso la planificación en la economía es un invento cubano o se podría afirmar, como decía el Che, que es una categoría, un atributo del socialismo?

A partir de aquí se introdujeron una serie de ideas diversas para explicar esa relación entre el plan y el mercado, cada cual más asombrosa que la anterior, que no se corresponden con la realidad.

Primera idea: el plan no es un atributo del socialismo, existe en todo tipo de economía, de modo que se tiene que desmontar la idea de que en el capitalismo no hay planificación. Alguien puso como ejemplo las reformas de Deng Xiaoping en China, ¿de verdad vale esta experiencia?

Segunda idea: la planificación como cuerpo teórico y especializado que permite la conducción del desarrollo sobre bases científicas, una disciplina aplicada a la toma de decisiones y un proceso político donde se acuerdan los intereses de la sociedad y donde se conjugan los intereses colectivos con los individuales. La superioridad moral.

Tercera idea: la planificación es el modo de ser de la sociedad socialista, y responde a los intereses de la mayoría, del pueblo, centrados en un sistema basado en principios, en valores, en conceptos de justicia social, para la conjugación de esos intereses colectivos individuales. El ADN socialista que no se quiere perder.

Cuarta idea: la planificación es una cualidad eminentemente humana, es decir, lo que caracteriza al ser humano es la capacidad de prever que va a ocurrir próximamente, a corto, medio o largo plazo. Si el plan falla no es culpa del plan sino de las personas.

Toda una reflexión sesuda en el programa para olvidarse de que la respuesta es mucho más fácil, y tan solo requiere acudir a la constitución comunista de 2019 y a dos artículos fundamentales del Título II “Fundamentos económicos”. 

Ahí está todo. Esta tendencia y/o práctica habitual a hablar de las reformas, transformaciones o cambios en la economía castrista olvidando lo que dice al respecto la constitución, no es recomendable. 

Básicamente porque cualquier decreto ley o norma de rango similar, puede ser removido por un articulado constitucional si entra en contradicción con el mismo. Y parece que los reformadores castristas han sorteado el mamotreto comunista de 2019, pero en algunos espacios no han ganado suficiente distancia, y en cualquier momento puede ocurrir lo peor. 

Por eso, lo mejor es tener muy en cuenta lo que dice esa constitución que, mientras no se diga lo contrario, sigue en vigor. Dos artículos dan respuesta.

“Artículo 18: la República de Cuba rige un sistema de economía socialista basa do en la propiedad de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción como la forma de propiedad principal, y la dirección planificada de la economía, que tiene en cuenta, regula y controla el mercado en función de los intereses de la sociedad”.

¿Alguna duda más sobre la vigencia y preeminencia del plan?

“Artículo 19. El Estado dirige, regula y controla la actividad económica conciliando los intereses nacionales, territoriales, colectivos e individuales en beneficio de la sociedad. La planificación socialista constituye el componente central del sistema de dirección del desarrollo económico y social. Su función esencial es proyectar y conducir el desarrollo estratégico, previendo los equilibrios pertinentes entre los recursos y las necesidades”.

Esto es la planificación socialista para el régimen comunista cubano: componente central del sistema, un instrumento al servicio del estado, que tiene en cuenta regula y controla el mercado en función de los intereses de la sociedad.

No investiguen más. Esa es la posición, y no otra; el comunismo castrista impone al mercado un papel subordinado, secundario, sometido al plan central. Cualquier otra consideración que no tenga en cuenta esta relación, puede ser considerada inconstitucional y, por tanto, ser reprimida violentamente, con los instrumentos de represión económica que existen en la misma constitución.

Ya pueden decir lo que les de la gana en “Cuadrando la caja”. El programa fue largo y abundaron mucho las reflexiones políticas y económicas desde la doctrina marxista leninista, pero no fueron capaces de centrar el análisis en el hecho de que el mercado está sometido al plan. Haciendo caso omiso de esta referencia constitucional se oculta una información muy importante que invalida lo que se pueda decir.

Cierto, poco interés tiene, desde esta perspectiva, analizar cualquier equilibrio entre la planificación del modo de producción capitalista y la del socialismo. No se engañen. El comunismo castrista no lo quiere. Se las trata como si fueran cosas distintas, con un alto componente ideológico. O, en el peor de los casos, se excusan en que la planificación es algo cambiante en la larga transición del capitalismo al socialismo. Todo ello puede estar muy bien, pero sin cambios en la constitución, no hay nada de qué hablar.

De modo que parece necesario que la constitución promueva una nueva redacción de los artículos 18 y 19, que podría ser la siguiente:

“Artículo 18: En la República de Cuba rige un sistema de economía de mercado y de libre empresa, basado en la propiedad privada de los medios fundamentales de producción como la forma de propiedad principal, así como la libre elección, la competitividad y el mercado como instrumento de asignación de recursos para el conjunto de la sociedad”.

Aquí aparece un nuevo equilibrio: eliminación de la planificación central y apuesta por el mercado como instrumento de asignación de recursos. Y por continuar en la misma línea,

“Artículo 19: La actividad económica corresponde a los agentes económicos, personas naturales y jurídicas, y se inspira en los principios de autonomía, independencia y libre elección, con respeto a la unidad de mercado nacional y los diversos intereses territoriales en beneficio de la sociedad. La planificación económica indicativa del gobierno contribuye a crear las condiciones más adecuadas del entorno para el desarrollo de la actividad económica”.

¿Planificación en la economía de mercado? Si. Indicativa, principalmente dirigida para el análisis estratégico y dar apoyo a las decisiones de gobierno. Carácter instrumental.

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