La propiedad industrial en Cuba: crónica de un largo camino por recorrer
Elías Amor Bravo, economista
En un país en que los derechos de propiedad
privada son pisoteados por el estado totalitario de base estalinista,
no deja de ser curioso que se preste atención a uno de los derechos
más avanzados y destacados en el mundo moderno. En efecto, como se
señala en un reportaje publicado en JR, se trata de un derecho fundamental para “el cuidado
de los recursos intangibles del país” y sí, en respuesta a la
pregunta que formula el autor, debo señalar que es uno de los
recursos más importantes y destacados de la economía de cualquier
país que, bien gestionado, puede ayudar y mucho a ganar posiciones
en el proceso de globalización.
Aprovecho para recordar una anécdota que me
refirió, no hace mucho tiempo, un preso político cubano en España. Omito datos personales y referencias locales. Mi interlocutor trabajaba en una institución especializada en I+D sobre plagas en
el Caribe. Desarrollaban tecnologías modernas para luchar
biológicamente contra plagas que afectaban en concreto, a la
producción de plátanos. Habían acordado con el representante del
partido comunista de la zona que iban a proporcionar la patente a
varias cooperativas productoras de plátanos con el objetivo de
producir más para alimentar a la población y los excedentes
comercializarlos en el naciente turismo. Pero un buen día Fidel
Castro se presentó de forma intempestiva de visita y al ver todo
aquello lanzó un discurso de esos que solo traen malos recuerdos y
declaró que la patente sería “regalada” a un país de América
Central como parte de la cooperación internacional de Cuba. Meses
mas tarde, observaron como en el mercado de Nueva York entraban de
forma masiva los plátanos sanos de este país, vendidos además a
buenos precios. Y final de la historia.
Es sorprendente que en Cuba haya sobrevivido una
Oficina Cubana de Propiedad Industrial (OCPI). situada en centro
Habana, cuyo objetivo es establecer el régimen legal, la política,
la gestión y la gerencia de la misma, así como la prestación de
los servicios de la materia. Hasta aquí nada extraño.
La cuestión es si funciona y para qué,
realmente.
Al parecer, la cultura de propiedad industrial,
superados aquellos episodios de Fidel Castro, está arraigada, sobre
todo, en la biotecnología cubana, que ha avanzado, incluso, en la
comercialización de sus patentes. En general, el sector más amplio
de la ciencia y la tecnología, incluyendo las universidades y
centros de investigación, parece que están avanzando. Y es la
empresa estatal socialista la que se sitúa en el vagón trasero, con
la excepción de las exportadoras que hacen uso de la propiedad
industrial para proteger sus activos ya sea en Cuba como en los
mercados de exportación.
Los que menos han hecho uso de la propiedad
industrial hasta la fecha, como era de esperar, son los trabajadores
por cuenta propia.
Que la
empresa estatal socialista no preste la debida atención a la
propiedad industrial es un ejemplo de lo mal que se han hecho las
cosas en Cuba históricamente. No tienen el menor interés en
proteger los activos tangibles e intangibles (en una
marca con reconocimiento de la población y el mercado) porque, como
cabe suponer, saben que no son suyos. Y por tanto, sin el
reconocimiento del derecho de propiedad, nadie arriesga nada. No hace
mucho tiempo, conflictos judiciales en EEUU en relación con marcas
de debidas alcohólicas, saltaron a los medios de comunicación, y
todavía se sigue en ellos.
La historia comunista desde 1959 confirma que “las
marcas” no son un asunto de interés para la cúpula dirigente. Tal
vez esa cultura revolucionaria de poner fin a lo que era Cuba antes
de la ocupación, llevó a las autoridades a considerar que las
cuestiones de marcas y derechos de propiedad industrial eran temas
burgueses y contrarrevolucionarios, de ahí su olvido y desatención.
Por eso, no deja de ser contraproducente que
actualmente en Cuba la legislación en materia de propiedad
industrial responda a los acuerdos y tratados internacionales, y sin
embargo, la atención que recibe en la realidad es muy limitada. La
primera norma que atendió estas cuestiones no se publicó hasta
1999, con el Decreto Ley 203. Posteriormente, el Decreto Ley sobre la
protección de las invenciones, dibujos y modelos industriales se
publicó en 2012. Llama la atención que entre 1959 y 1999, 40 años,
no hubiera existido normativa alguna para regular la propiedad
industrial en Cuba. Un ejemplo de la dejadez del régimen comunista.
Actualmente, el Decreto Ley 290 para la protección
de las invenciones permite que se retribuya a autores e inventores
por la explotación comercial de las invenciones, y se intenta que se
actualicen en las burocráticas empresas estatales los sistemas
internos para la gestión de la propiedad industrial. Pero poco más.
Con la actualización del modelo económico
cubano, se intenta que la propiedad industrial se fortalezca como
herramienta de gestión. Los llamados “Lineamientos” expresan la
necesidad de la protección de la propiedad industrial en Cuba y en
los mercados de exportación. Además, en la Ley 118 de Inversión
Extranjera se hizo referencia a los aspectos que se debían tener en
cuenta para un negocio con inversionistas foráneos, tanto por lo que
respecta a la seguridad jurídica de sus derechos en Cuba, como la
protección de los derechos de propiedad industrial de entidades
nacionales se pudieran constituir en una contribución a un negocio conjunto.
Mucha norma pero escasa aplicación.
Una somera lectura de las disposiciones, pone de
manifiesto que en este tema, el régimen se sitúa claramente en los
extremos, al plantearse “contrarrestar el ejercicio abusivo de los
derechos de propiedad industrial y las prácticas que limiten de
manera injustificada el comercio o redunden en detrimento de la
transferencia de tecnología”, al tiempo que exige que en esta
materia, “se debe permitir la adopción de medidas necesarias para
proteger la salud pública y la nutrición de la población,
salvaguardar el interés público para el desarrollo científico y
tecnológico y socioeconómico”, reforzando lo que denominan
“régimen de protección” que convierte en una pesadilla la
aplicación de los derechos de propiedad industrial en Cuba.¿De qué medidas se está hablando en este tema?
En tales condiciones, muchas empresas simplemente
ignoran, sin saber las consecuencias que de ello se puede derivar.
Las estatales del régimen incumplen de forma sistemática la
normativa. Les da igual, pero los inversores extranjeros, sobre todo
en fórmulas mixtas, deberían andar con cuidado en esta materia y
recibir asesoramiento oportuno y especializado. Dada la experiencia
castrista en la práctica de expropiaciones y confiscaciones, por
“razones de interés nacional” (que se mantiene en la
constitución en vigor) no conviene perder de vista que la maraña
aplicada en este ámbito de la propiedad industrial puede dar al
régimen oportunidades para lanzarse sobre activos privados sin
compensación. Habrá que estar atentos.
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