Comprar coches en el régimen castrista: un camino lleno de trampas
Cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia. Quienes piensen que el régimen castrista ha dado pasos hacia la creación de un mercado de automóviles en Cuba similar al de otros países de América Latina, están equivocados. Es cierto que desde este sábado 1 de octubre, los cubanos y los extranjeros residentes en la Isla van a poder comprar más de un vehículo, con independencia del año de fabricación. Pero poco más.
La nueva regulación establece dos formas para la transmisión de la propiedad de los vehículos entre personas naturales: mediante compraventa o donación.
En suma, una forma más de repartir lo poco que ya existe, en vez de crear algo nuevo que proporcione riqueza, empleo y bienestar a los cubanos. El supuesto más referido por las autoridades es el caso de los familiares de quienes, siendo dueños de un medio automotor y sin haberlo vendido o donado, decidan dejar el país.
A partir de una escala de prioridad para copropietarios, cónyuges e hijos, y demás familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, estos pueden iniciar un trámite para obtener la titularidad del bien. Y ahí es donde viene entrar en un camino lleno de trampas y obstáculos.
Para empezar, presentar ante la sede del MITRANS los documentos que certifiquen la constancia oficial de salida del país del propietario, el vínculo matrimonial o el parentesco con esta persona, la titularidad sobre el medio, así como la inscripción correspondiente en el Registro de Vehículos. Toda una carrera de obstáculos e incertidumbres añadidas a la dolorosa decisión de tener que abandonar el país.
La normativa actual exige que la compraventa del automóvil se formalice ante fedatario público, sin necesidad de autorización institucional. Cuidado con la recuperación de la figura del Notario en el régimen castrista.
Es decir, el ciudadano libremente no podrá acudir a un concesionario de venta de automóviles, porque realmente no existe esa oferta todavía, y su adquisición se convertirá en una forma contractual similar a cualquier otra operación que exija fedatario público. Es cierto, no hay intervencionismo gubernamental, lo que hay es majadería castrista.
Si con esta medida el régimen lo que quiere es ir cumpliendo ese “mandamiento del buen revolucionario” que son los llamados “lineamientos”, que sepan que una economía moderna no se crea a golpe de decretos y normas, sino apoyando la libre empresa, la propiedad privada y el libre mercado, condiciones de entorno que están muy alejadas de la burocracia castrista.
La presentación en notaria de la titularidad del medio de transporte es la condición para legalizar la transmisión de la propiedad del vehículo.
En suma, el régimen desconfía de sus ciudadanos, y los convierte, en la práctica, en delincuentes dispuestos a vulnerar las normas para lo que es precisa la actuación de fedatarios públicos. Y ahí viene lo mejor, para acreditar la propiedad del vehículo que se pretende transmitir hay que presentar ante el notario, una pléyade de documentos, cada cual más irreal y absurdo, entre otros, contrato de venta en entidades comercializadoras, sentencia judicial, escritura pública en caso de herencia.
Lo mejor es la fijación del precio, del que se excluye la figura del tasador y que se establece por acuerdo de las partes, declarándose el valor ante notario en pesos cubanos. El notario tiene delante una “tabla de valores referenciales mínimos por clase y antigüedad de vehículos” que debe utilizar para aquellos casos en que los precios acordados sean claramente inferiores.
El régimen no sólo quiere que el fedatario público actúe para dejar constancia del valor de la inversión en caso de eventuales reclamaciones o la demostración de la legalidad del pago sino que también se convierta en un elemento determinante del proceso de valoración de la operación. Sin duda, mucha preocupación de las autoridades hacia la libre acción de los ciudadanos.
Eso sí, de los impuestos nadie se olvida. Y ahí viene lo mejor. Un 4% que paga el nuevo propietario por el impuesto de transmisiones y otro 4% del vendedor a cuenta del impuesto de ingresos personales. Se recauda por los dos lados de la operación. Un 8% en cada transacción a las arcas raquíticas del castrismo.
Y la base sobre la que se calcula el primero de los impuestos, se incrementa en un 50% por cada vehículo que posea quién compra o recibe la donación, penalizando así la acumulación de automóviles por parte de determinadas personas o entidades. Pensemos en el caso más desfavorable de la familia con muchos miembros. A lo mejor es que no hay suficientes plazas de aparcamiento en la Isla.
La incorporación de esta nueva normativa sólo se refiere como ya se ha indicado a las operaciones de transmisiones y donaciones de vehículos, que hasta ahora se venían realizando por vías no formales. El problema fundamental, que es la compra de automóviles, se mantiene igual, ya que los procesos de adquisición en entidades comercializadoras mantienen las mismas regulaciones existentes y las dificultades para el desarrollo del sector.
En este nuevo proceso establecido por los “lineamientos” para la transmisión de vehículos en Cuba, sorprende el papel y el protagonismo que el régimen ha otorgado a las notarías, que se verán obligadas a cooperar estrechamente con el ministerio de transportes en todo el proceso. La actividad notarial en Cuba sufrió graves transformaciones con los cambios introducidos en los primeros momentos de la fiebre “revolucionaria”, con la quema de instalaciones y la destrucción de buena parte de dicho patrimonio documental.
Que los notarios del régimen comunista vuelvan a ocupar un papel central en el funcionamiento de una actividad se podría interpretar como una buena noticia, si no fuera porque van a actuar como correa de transmisión del poder, en vez de desempeñar ese papel de fedatarios cualificados de la acción entre particulares en una sociedad libre.
Las autoridades esperan grandes resultados de esta nueva regulación. Es difícil determinar de dónde puede surgir tanto optimismo. A no ser que cuenten con que una parte de la corriente de remesas se canalice hacia este tipo de operaciones, y con ello, recaudar más. Del régimen castrista podemos esperar cualquier cosa en asuntos económicos.
Tomado de: (www.miscelaneasdecuba.net).-
La nueva regulación establece dos formas para la transmisión de la propiedad de los vehículos entre personas naturales: mediante compraventa o donación.
En suma, una forma más de repartir lo poco que ya existe, en vez de crear algo nuevo que proporcione riqueza, empleo y bienestar a los cubanos. El supuesto más referido por las autoridades es el caso de los familiares de quienes, siendo dueños de un medio automotor y sin haberlo vendido o donado, decidan dejar el país.
A partir de una escala de prioridad para copropietarios, cónyuges e hijos, y demás familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, estos pueden iniciar un trámite para obtener la titularidad del bien. Y ahí es donde viene entrar en un camino lleno de trampas y obstáculos.
Para empezar, presentar ante la sede del MITRANS los documentos que certifiquen la constancia oficial de salida del país del propietario, el vínculo matrimonial o el parentesco con esta persona, la titularidad sobre el medio, así como la inscripción correspondiente en el Registro de Vehículos. Toda una carrera de obstáculos e incertidumbres añadidas a la dolorosa decisión de tener que abandonar el país.
La normativa actual exige que la compraventa del automóvil se formalice ante fedatario público, sin necesidad de autorización institucional. Cuidado con la recuperación de la figura del Notario en el régimen castrista.
Es decir, el ciudadano libremente no podrá acudir a un concesionario de venta de automóviles, porque realmente no existe esa oferta todavía, y su adquisición se convertirá en una forma contractual similar a cualquier otra operación que exija fedatario público. Es cierto, no hay intervencionismo gubernamental, lo que hay es majadería castrista.
Si con esta medida el régimen lo que quiere es ir cumpliendo ese “mandamiento del buen revolucionario” que son los llamados “lineamientos”, que sepan que una economía moderna no se crea a golpe de decretos y normas, sino apoyando la libre empresa, la propiedad privada y el libre mercado, condiciones de entorno que están muy alejadas de la burocracia castrista.
La presentación en notaria de la titularidad del medio de transporte es la condición para legalizar la transmisión de la propiedad del vehículo.
En suma, el régimen desconfía de sus ciudadanos, y los convierte, en la práctica, en delincuentes dispuestos a vulnerar las normas para lo que es precisa la actuación de fedatarios públicos. Y ahí viene lo mejor, para acreditar la propiedad del vehículo que se pretende transmitir hay que presentar ante el notario, una pléyade de documentos, cada cual más irreal y absurdo, entre otros, contrato de venta en entidades comercializadoras, sentencia judicial, escritura pública en caso de herencia.
Lo mejor es la fijación del precio, del que se excluye la figura del tasador y que se establece por acuerdo de las partes, declarándose el valor ante notario en pesos cubanos. El notario tiene delante una “tabla de valores referenciales mínimos por clase y antigüedad de vehículos” que debe utilizar para aquellos casos en que los precios acordados sean claramente inferiores.
El régimen no sólo quiere que el fedatario público actúe para dejar constancia del valor de la inversión en caso de eventuales reclamaciones o la demostración de la legalidad del pago sino que también se convierta en un elemento determinante del proceso de valoración de la operación. Sin duda, mucha preocupación de las autoridades hacia la libre acción de los ciudadanos.
Eso sí, de los impuestos nadie se olvida. Y ahí viene lo mejor. Un 4% que paga el nuevo propietario por el impuesto de transmisiones y otro 4% del vendedor a cuenta del impuesto de ingresos personales. Se recauda por los dos lados de la operación. Un 8% en cada transacción a las arcas raquíticas del castrismo.
Y la base sobre la que se calcula el primero de los impuestos, se incrementa en un 50% por cada vehículo que posea quién compra o recibe la donación, penalizando así la acumulación de automóviles por parte de determinadas personas o entidades. Pensemos en el caso más desfavorable de la familia con muchos miembros. A lo mejor es que no hay suficientes plazas de aparcamiento en la Isla.
La incorporación de esta nueva normativa sólo se refiere como ya se ha indicado a las operaciones de transmisiones y donaciones de vehículos, que hasta ahora se venían realizando por vías no formales. El problema fundamental, que es la compra de automóviles, se mantiene igual, ya que los procesos de adquisición en entidades comercializadoras mantienen las mismas regulaciones existentes y las dificultades para el desarrollo del sector.
En este nuevo proceso establecido por los “lineamientos” para la transmisión de vehículos en Cuba, sorprende el papel y el protagonismo que el régimen ha otorgado a las notarías, que se verán obligadas a cooperar estrechamente con el ministerio de transportes en todo el proceso. La actividad notarial en Cuba sufrió graves transformaciones con los cambios introducidos en los primeros momentos de la fiebre “revolucionaria”, con la quema de instalaciones y la destrucción de buena parte de dicho patrimonio documental.
Que los notarios del régimen comunista vuelvan a ocupar un papel central en el funcionamiento de una actividad se podría interpretar como una buena noticia, si no fuera porque van a actuar como correa de transmisión del poder, en vez de desempeñar ese papel de fedatarios cualificados de la acción entre particulares en una sociedad libre.
Las autoridades esperan grandes resultados de esta nueva regulación. Es difícil determinar de dónde puede surgir tanto optimismo. A no ser que cuenten con que una parte de la corriente de remesas se canalice hacia este tipo de operaciones, y con ello, recaudar más. Del régimen castrista podemos esperar cualquier cosa en asuntos económicos.
Tomado de: (www.miscelaneasdecuba.net).-
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