A vueltas con los contratos en la economía castrista
Elías Amor Bravo
Cualquier economista sabe
que para que una economía funcione se necesita un marco jurídico estable y
predecible. Los agentes económicos toman decisiones todos los días, basadas en
un nivel de información que depende básicamente de los precios. El mercado asegura
que los millones de transacciones realizadas, permitan alcanzar equilibrios
estables entre demandantes y compradores.
La existencia de un marco
jurídico es fundamental, y ello tiene mucho que ver con el respeto a las
normas, los contratos y los acuerdos. Sin ello, no existe la necesaria
seguridad jurídica que permita a los agentes realizar sus transacciones
libremente, aumentar la dimensión de sus negocios, obtener beneficios, acumular
y crecer.
Ese es el secreto, y no hay mucho más.
Al parecer, después de
medio siglo de destrozos en el modelo económico, el régimen castrista se
plantea recuperar el papel de los contratos en el funcionamiento de la
economía. Se evidencian “continuamente, penosas cadenas de impago en la
economía nacional, incumplimientos de términos de producción, prestación de
servicios... y las consecuentes afectaciones que esas condiciones generan”.
Así se expresa en Granma
O. Fonticoba, a partir de una entrevista a Narciso Cobo, asesor del presidente
del Tribunal supremo, y concluye que el “escenario viene caracterizado por la
dispersión jurídica en materia contractual, por el exiguo conocimiento sobre la
función reguladora de esos acuerdos y por la falta de cooperación inter empresarial”
Los llamados “Lineamientos”,
que pretenden la actualización del socialismo, establecen “que las relaciones
económicas se refrendarán mediante contratos y que se exigirá por la calidad
del proceso de negociación, elaboración, firma, ejecución, reclamación y
control del cumplimiento de estos, como instrumento para la gestión económica”.
Leyendo esto, es evidente
que en la economía castrista, el marco jurídico ha sido violentado, suplantado
y ninguneado por el poder político, rompiéndose la tradición contractual de la
economía de la República en sus primeros 50 años. Ahora se pretende regresar
atrás y volver al punto de partida.
En diversas ocasiones, he
señalado que ese regreso a la ortodoxia y la normalidad institucional que nunca
se debió destruir por el afán de los llamados revolucionarios por transformar
las estructuras económicas y sociales que encontraron en 1959, puede terminar
siendo incluso peor que no hacerlo. Sin embargo, el raulismo castrista se ha
puesto manos a la obra, y en los últimos meses han visto la luz el Decreto-Ley
304: "De la contratación económica", y el Decreto 310: "De los
tipos de contratos", cuyo objetivo es la reordenación de las relaciones
contractuales en un mismo texto normativo. La cuestión, como destaca el
articulista, es conseguir que se cumpla.
¿Por qué no funcionan los
contratos en la economía castrista?
Los contratos suponen una
autonomía entre las partes para determinar el marco de las relaciones
económicas. ¿Quién ha gozado de autonomía en la economía castrista donde todas
las decisiones se han trasladado de arriba abajo para su obligado cumplimiento?
La injerencia de la política en la economía se encuentra en las ineficientes
empresas estatales, en las granjas estatales, en las cooperativas penetradas y controladas
por los comunistas, en los órganos del llamado poder popular. Hasta las empresas
extranjeras que invierten en la Isla tienen que realizar sus proyectos en
colaboración con el estado.
No hay resquicio de la
economía que escape de ese control comunista. Ni siquiera los cuenta propistas,
a los que el movimiento sindical intenta controlar, o de forma directa por
medio de la banca, vía créditos usureros. En tales condiciones, sin autonomía,
sin libertad, ¿qué sentido tienen los contratos, y lo que es peor, qué sentido
tiene su cumplimiento?
De nada sirve anunciar la
autonomía de las partes, si en cualquier momento, la dirigencia comunista local
o de cualquier nivel, interfiere en la gestión de las unidades económicas. Eso
se tiene que eliminar, y cuanto antes.
Además, salvando esta
cuestión relativa a la obediencia jerárquica al poder comunista, en la economía
castrista, los vínculos contractuales se encuentran, en ocasiones, dominados
por posiciones de poder de unos agentes respecto de otros. Es lo que ocurre con
los arrendatarios de tierras, obligados a vender su producción a Acopio, único
mayorista, o los compromisos con una industria monopólica, que fija desde el
poder, las condiciones de la prestación. Sin competencia, sin libertad
económica, sin un mayor número de empresas, no existirá jamás un marco jurídico
que sirva para respetar con transparencia y libertad la autonomía de las
partes.
En ese sentido, la
lectura de las normas permite apreciar cuestiones llamativas. Por ejemplo, no
hace falta que se establezca la prohibición legal de cláusulas abusivas, cuando
existe un gran número de empresas en competencia, que luchan por acceder a los
distintos segmentos y nichos de mercado. La experiencia demuestra que las leyes
que regulan la competencia se deben elaborar cuando existe esa forma de
organización competitiva, pero no al revés.
Lo mismo se podría decir
de los llamados incumplimientos, para los que la nueva normativa establece “una
posición mucho más colaborativa, menos enfrentada”, dejando el recurso a los
tribunales para la última fase del proceso y cuando ya no exista solución. La
desconfianza hacia el sistema judicial, instrumento del poder político, se
encuentra detrás de esta llamativa referencia en la que se incorporan “daños y
perjuicios” monetarios, cuya evaluación, en ausencia de precios fijados por el
mercado, se me antoja aburrida.
La normativa atiende a
las malas prácticas responsabilidad de los juristas, el deber de información en
todo el proceso de ejecución contractual, a los llamados contratos verbales a
los que se otorga la misma validez que los escritos, y un sinfín de situaciones
más propias de un marco jurídico garantista democrático, que en el caso del
régimen castrista, es inviable y, al menos de momento, incompatible con las
estructuras económicas y políticas.
Digamos que el castrismo en materia de
contratos, está empezando a construir una casa desde el tejado, y eso puede
tener graves consecuencias. Por ejemplo, que se caiga la casa.
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