El impacto de las medidas de la Gaceta Nº 35 sobre los trabajadores por cuenta propia
Elías Amor Bravo, economista
Al régimen castrista le encanta hablar del
“perfeccionamiento de la gestión del trabajo por cuenta propia”,
pero rara vez hace lo mismo con respecto a las empresas estatales y
al conjunto del sector presupuestado de la economía, que necesita
mucho más que perfeccionar sus normas de funcionamiento para
corregir su atraso e improductividad.
Los trabajadores por cuenta propia (TCP), de los
que se estima una cifra de algo más de medio millón, tras el parón de licencias
establecido por el régimen, son el único sector de la economía
cubana que crece y que inyecta actividad, dinamismo, empleo y riqueza
al tejido productivo y social.
Desde el año 2010, lo que el régimen
denomina nuevas formas de gestión, en tono peyorativo para no
utilizar el término real que es “empresa privada”, se han visto
sometidas a un creciente control por parte de las autoridades, límites a su funcionamiento, obstáculos de todo tipo e incluso,
ataques y acusaciones muchas veces infundadas de
presuntos delitos. A pesar de todo ello, los trabajadores por cuenta
propia han logrado transformar la realidad allí donde se han
establecido.
A los dirigentes del régimen no les gusta tener
que reconocer los efectos positivos del trabajo por cuenta propia.
Esta en el ADN comunista. Por eso, atribuir ventajas como “el reordenamiento laboral y la
reducción de plantillas infladas en el sector estatal y contribuir
gradualmente a liberar al Estado de algunas actividades productivas y
de servicios no estratégicas para el desarrollo del país”, o a
“incrementar la oferta de bienes y servicios a la población con
niveles aceptables de calidad”, es quedarse muy lejos del efecto
final de los trabajadores por cuenta propia en la economía.
En mi opinión, por ejemplo, es muy importante que
después de casi 60 años de extinción de la economía libre de mercado en
Cuba, aparezcan estos innovadores de lo que fue Cuba antes de 1959.
La semilla de sus antecesores quedó bien enterrada y en cuanto las
condiciones han sido favorables, han vuelto a aparecer. El castrismo
tiene la fecha de final grabada en fuego, pero la economía libre, no.
Esa es la gran lección que nos enseña este largo período de la
historia de Cuba.
Y si estos efectos positivos podrían justificar
un trato más favorable por parte del régimen, las autoridades solo
entienden que “no todos los negocios han logrado su florecimiento
con total apego a lo dispuesto, por lo que a la par de los beneficios
reportados también han emergido algunas desviaciones relacionadas,
fundamentalmente, con la utilización de materias primas de
procedencia ilícita, así como el incumplimiento de las obligaciones
tributarias y la subdeclaración de ingresos”, para añadir además
que “la falta de enfrentamiento y solución oportuna de los
problemas e imprecisiones y deficiencias en el control, trajo consigo
la proliferación de indisciplinas e ilegalidades”. Situaciones anómalas que, como ya se ha señalado en
este blog en numerosas ocasiones, tienen más que ver con las
restricciones que impone el régimen al funcionamiento de estas
entidades que con delitos propiamente dichos.
En esa presión continua del régimen sobre el
trabajo por cuenta propia, en 2017 las autoridades decidieron, sin
previo aviso, “suspender temporalmente las autorizaciones de 27 de
las actividades aprobadas”, creando una sensación de fin de ciclo
en muchos cubanos que habían apostado claramente por establecerse
por cuenta propia. Ha transcurrido un año, y tras esas “consultas”
de las que el régimen hace referencia, sin saber bien qué ni quién,
se aprueba, sin previo aviso, un paquete de 20 normas que publica la
Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 como “adecuación
tributaria”1.
El régimen justifica estas medidas por las “solicitudes de los
propios TCP y las regulaciones para perfeccionar el ejercicio de las
actividades y fortalecer el control funcional a todos los niveles:
desde el municipio hasta la nación”. No creo que ni ellos mismos se lo
crean.
Por otra parte, tampoco pienso que estas
disposiciones vayan a corregir lo que el régimen dice haber hecho
mal, y lejos de continuar apoyando a los trabajadores por cuenta
propia, la “adecuación tributaria” anunciada en Granma, se
convierte en un ejercicio de irresponsabilidad fiscal ideológica que puede
poner, y de hecho lo veremos pronto, en peligro a numerosos
trabajadores por cuenta propia, que no se van a sentir conformes con
trabajar más y más horas para pagar al estado comunista que, por otra
parte, no les da facilidad alguna.
¿Cómo afectan estas medidas de la Gaceta Nº 35 a los trabajadores
por cuenta propia? Esto se puede analizar desde numerosos puntos de
vista. Por ejemplo, la medida “estrella” de la “adecuación”
es agrupar 201 actividades en solo 123. Aunque nieguen la mayor y
afirmen que no es una supresión, nos encontramos ante una reducción
evidente del número de autorizaciones para el ejercicio por cuenta
propia que coarta la libre iniciativa privada.
En vez de agrupar, lo que tienen que hacer es
aumentar e ir extendiendo el trabajo independiente a todos los
sectores de la economía. Agrupando licencias se busca recaudar más,
porque una licencia de peluquero da para lo que da, y ahora, al
integrar peluquero, con la licencia de servicios de belleza
unificando siete actividades, entre las que figuran masajista,
peluquera peinadora de trenzas, peluquero tradicional, etc, no solo
se recauda más, sino que se limita el ámbito profesional de quién
puede asumir todas estas funciones. Ahora, ya se verá quién es capaz de
asumir 7 licencias. El tiro por la culata, como siempre.
Desde hace tiempo, vengo señalando que las
actividades aprobadas para el trabajo por cuenta propia en Cuba no se
corresponden con las clasificaciones internacionales de ocupaciones,
como ISCO, o NACE, sino que se trata de un invento colectivista, que
no se corresponde con la realidad laboral moderna ni con el
desarrollo de una economía de mercado próspera. Ni siquiera se ha
aceptado la participación privada en la construcción de viviendas y
edificios o el comercio mayorista. Es un ejemplo del atraso.
Autorizar la salida al exterior en determinadas circunstancias,
sustituciones temporales o la ampliación de los alquileres a
personas jurídicas, es un cambio estético que, visto en perspectiva, tiene
poco que aportar al panorama actual.
En la definición de lo que llaman “fronteras de
lo lícito”, las medidas se dirigen a “la descripción de la
actividad y el lugar donde será ejercida, las vías de acceso a las
materias primas, los horarios, el cumplimiento de las normas de planificación física, higiene, etc”, situación que se aprovecha
para limitar el ejercicio privado, al otorgar “autorizaciones para
ejercer solo una de las actividades aprobadas” y asumen que esta
disposición “podría resultar poco flexible para algunos, teniendo
en cuenta que antes se podían obtener varias licencias”. A los
dirigentes del régimen les cuesta entender cómo es posible que en
un servicio de restaurante haya “fregador de autos”, por citar un ejemplo. En suma, los 9.657 trabajadores
por cuenta propia con más de una autorización tienen 90 días
naturales para decidir con cuál se quedan. Ni más ni menos. Muchos,
entiendo, dejarán de prestar servicios. Después el régimen podrá
repartir así unas cuantas más, sin cambiar el actual statu quo, y
de paso quedar bien. Lo mismo de siempre.
Para aquellos que no cumplan la norma, se prevén “las
sanciones, en dependencia de la magnitud de la violación, desde la aplicación de multas hasta la cancelación definitiva de la
licencia”. El lío con las autorizaciones no puede ser mayor.
Las nuevas normas establecen, por ejemplo, que a nivel provincial
corresponderá la aprobación, por ejemplo, del arrendamiento de
viviendas completas o de más de cuatro habitaciones, así como los
servicios de restaurantes y bares. Por el contrario, a nivel
municipal tocará la evaluación de los arrendadores de vivienda,
habitaciones (hasta cuatro) y espacios, así como las actividades de
carpintero, fregador engrasador de equipos automotores, operador de
equipos de recreación, y otras que el Consejo de la Administración
determine. Burócratas e inspectores por doquier, mientras que los
emprendedores privados no sabrán a que atenerse.
En definitiva, el régimen pretende que las
decisiones adoptadas recaigan en las administraciones locales a la
hora de otorgar los permisos, lo cual debe estar precedido de una
evaluación colectiva y de acciones de comprobación en determinadas
actividades, pero luego se carga de responsabilidades a la provincial
e incluso a la estatal con las autorizaciones. Nada claro.
De poco va a servir que el acceso a la normativa
esté disponible en formato digital en el sitio de la Gaceta Oficial
y que gradualmente se pondrá a la venta, en su versión impresa, a
partir del próximo 1ro. de agosto. Los plazos corren de forma
inexorable, sobre todo para las autorizaciones. La entrada en vigor
de la normativa acontecerá 150 días después de la publicación de
la Gaceta, momento en el cual se reiniciará la entrega de
autorizaciones para las 27 actividades que están actualmente
limitadas.
En todo caso, se ratifica la decisión de no
otorgar nuevas autorizaciones para las siguientes actividades:
- Vendedor mayorista y minorista de productos
agropecuarios Operador de equipos de recreación (para equipos
rústicos)
- Carretillero o vendedor de productos agrícolas
de forma ambulatoria
- Comprador vendedor de discos
Precisamente, algunas de las que ofrecen un servicio más
importante para amplios sectores de la población, sobre todo en la
alimentación. Otra vez a abastecerse en las penosas tiendas
estatales.
De todo el conjunto de resoluciones publicadas,
las relativas al transporte también tienen una cierta importancia
para la población. Los informes que llegan de Cuba vuelven a
insistir en la pésima calidad del transporte público y ante la
falta de gasolina, muchos anticipan un escenario parecido al del
llamado período especial.
Otro de los cambios principales, se destaca la
concesión de la licencia de operación de transporte (LOT) para los
servicios auxiliares y conexos, que se otorgará por única vez de
modo gratuito. Además, se restituye la extensión municipal,
provincial y nacional de esta licencia (hoy todas tienen alcance
nacional).
El requisito general para solicitarla será poseer
licencia de conducción del medio que se trate, y en caso de prestar
servicios en ómnibus, camionetas y camiones, los solicitantes deben
acreditar, por una persona jurídica, tres años de experiencia como
conductor de vehículos de motor. Es evidente que el gobierno
pretende abrir las manos en esta actividad e inundar el mercado de
trabajadores por cuenta propia, ante la parálisis del transporte
público y las protestas que tuvo que hacer frente de los que ya estaban prestando sus servicios.
Finalmente, las normas restringen el ejercicio de
transporte de pasajeros en la modalidad de alto confort o clásico,
ya que en este caso el titular de la licencia debe estar vinculado
contractualmente con una entidad designada por el Mitrans; en este
caso resulta la empresa Taxiscuba. Con ello, el régimen asegura el
control por el estado del segmento más rentable, orientado a los
turistas con mayor poder adquisitivo.
Curiosamente, entre las normas publicadas en materia de transporte, se
habla de un experimento en La Habana que comprende a más de 6.000
titulares de licencia, que ofertan servicios en auto, jeep, paneles y
microbús con capacidad entre cuatro y 14 plazas. Las autoridades
dicen que el experimento consiste en ordenar el servicio de
transporte de pasajeros en un sistema de 26 piqueras con 23 rutas
asociadas, siguiendo la orden del Consejo de Administración de la
capital.
Lo curioso del experimento es que para obtener la
licencia, los titulares que decidan participar en el mismo tienen que
abrir cuentas bancarias asociadas a una tarjeta magnética para la
realización de las transacciones de pago con las entidades
estatales. Además, con la misma tarjeta que obliga a depositar
fondos en el banco, tienen la posibilidad de comprar herramientas,
partes y piezas en correspondencia con la disponibilidad, a precios
iguales a los minoristas menos un 20% de descuento.
Por último, se establece la obligación de un
consumo mínimo anual de combustible, distribuido por meses, para
cada tipo de medio, y que debe ser adquirido por tarjeta magnética,
con un precio de venta por litro de:
- Diésel-2 CUP
- Gasolina de motor-10 CUP
- Gasolina regular-13 CUP
- Gasolina Especial-16 CUP
De acuerdo con el experimento, el precio del
servicio a la población será de 5 pesos por pasajero para tramos de
hasta ocho kilómetros, y los vehículos deben estar señalizados con
una pegatina que visualice la ruta autorizada y la delimitación de
sus tramos y precios.
Nadie sabe muy bien qué pretenden las autoridades
con este experimento. No obstante, los titulares de licencia que no
quieran participar en el mismo y soliciten acogerse al servicio de
taxis libre deberán identificarse, trabajarán bajo el principio de
oferta y demanda, como si eso fuera grave, y estarán obligados a
consumir un mínimo de combustible, igualmente comprado por tarjeta
magnética, al precio minorista.
El impacto del experimento puede dar cualquier
resultado, incluso el menos previsto, como dejar a los habaneros sin
servicio de transporte. En numerosas ocasiones, los intentos del
régimen de controlar la oferta, han acabado en racionamiento y
ausencia de productos y servicios. Es probable que vuelva de nuevo.
En próximas entradas del blog seguiremos con este análisis.
1La
Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 publica 20 normas jurídicas,
agrupadas en cinco decretos leyes y un decreto, así como 14
resoluciones complementarias de los ministerios de Trabajo y
Seguridad Social, Finanzas y Precios, Economía y Planificación,
Salud Pública, Industrias, Transporte y el Instituto de
Planificación Física.
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