El parlamento europeo y los derechos humanos y medioambientales en Cuba

Elías Amor Bravo economista

El Parlamento europeo ha aprobado esta misma semana una norma que incluye sanciones y multas a empresas que violen los derechos humanos y el medio ambiente. En concreto, la resolución del pleno de esta institución dice expresamente que “se presionará a aquellas empresas que no respeten los derechos humanos o el medio ambiente con sanciones y multas que van desde medidas como “nombrar y avergonzar (name and shame) hasta retirar del mercado los productos de una empresa o imponer multas de al menos el 5% de su facturación mundial neta”. Pérdida de reputación y sanciones económicas.

La Unión Liberal Cubana se ha felicitado por esta decisión del parlamento europeo, que compartimos con otras organizaciones democráticas cubanas, como el Partido Demócrata Cristiano de Cuba, la Asociación Sindical Cubana y el Consejo de Transición Democrática.

Esta normativa, sin duda muy importante y que tendrá efectos muy significativos tan pronto como entre en vigor, se aplicará a empresas con sede en la UE de cualquier sector, incluido el financiero, que tengan más de 250 empleados y una facturación superior a los 40 millones de euros. También estarán sometidas a esta normativa, una vez que se apruebe finalmente, aquellas empresas matrices con más de 500 empleados y una facturación global superior a los 150 millones de euros. Las medidas sancionadoras se dirigen así a un amplio espectro de empresas de distintos tamaños para asegurar que se produzca un cumplimiento generalizado.

Un aspecto destacado de la norma es que, en lo que afecta a empresas no europeas, también se verán afectadas aquellas cuya facturación supere 150 millones de euros, con al menos 40 millones generados en la UE. Esta última alternativa de la norma supone también efectos sancionadores para empresas extra comunitarias o que no sean de la UE, siempre tendrá un efecto disuasorio, y en muchos casos coercitivos prácticos (prohibiendo poder optar a negocios por contratación pública de la UE) siempre que tengan relaciones directas con empresas o instituciones con sede en el espacio comunitario. Lo que dada la interconexión global de los negocios en la actualidad, deja fuera de esta regulación a muy pocos casos.

En materia de respeto de los derechos humanos, las empresas tendrán que adoptar medidas respecto a los afectados por su actividad, entre ellos los activistas de derechos humanos y medioambientales, deberán introducir un mecanismo de reclamaciones  y vigilar de manera regular la efectividad de su política de diligencia debida. Y tendrán que facilitar información sobre estas políticas a los inversores. De este modo, las empresas deberán incorporar nuevos stakeholders a sus políticas corporativas, en el ámbito de los derechos humanos y medioambientales, y centrar los informes dirigidos a los inversores para recoger de forma detallada el cumplimiento de estos principios de exigencia universal.

Este principio de solidaridad humanitaria internacional va dirigido a respetar, observar y acatar normas éticas de respeto a los derechos humanos y la protección del medio ambiente, que son esenciales para salvaguardar la reputación corporativa, como los principios ético-empresariales  y de diligencia debida que deben tener las todas las empresas europeas y no europeas cuando inviertan o trabajen en países con un serio déficit o carencia de respeto a estos valores y derechos humanos de rango universal.

Esta normativa europea gira en torno al nuevo concepto diligencia debida, entendido como el conjunto de investigaciones que se hacen sobre una empresa o negocio para conocer su valor, cuando un potencial comprador necesita contar con una valoración previa para realizar una oferta y fijar el precio de la operación. En ese sentido, el objetivo principal es reducir el riesgo de la compra a través de la identificación y cuantificación de los factores que puedan crear o destruir valor, y cuantificar las diferencias, si es que las hubiere, entre éstos datos obtenidos en la diligencia debida (de la mano del comprador) y los datos proporcionados por la empresa (de la mano del vendedor).

En definitiva, la diligencia debida se traduce en un informe confidencial que estudia la estrategia corporativa y el business plan de la empresa, se analiza a la competencia y se realiza un estudio de todo lo relacionado con la empresa, es decir, productos y servicios, clientes, proveedores, organización empresarial, estructura comercial y procedimientos de marketing. Por supuesto, el informe incluye como plato fuerte un análisis legal, laboral y fiscal y también un análisis medioambiental, para determinar si la empresa cumple con la normativa.

Por tanto, la diligencia debida es un documento que ofrece información desde todos los ángulos para que se puedan tomar las decisiones oportunas y que el comprador sepa a ciencia cierta lo que compra. De una forma exhaustiva se estudian todos los rincones de la compañía, por supuesto, los legales y medioambientales, por la relevancia que tienen en las políticas de responsabilidad social corporativa que llegan a los consejos de administración y los inversores, cada vez más sensibles con estas cuestiones.

Lo que el parlamento europeo quiere lograr, con buen acierto, es que el informe de diligencia debida de una empresa en Alemania, Francia o España contenga los mismos aspectos y ángulos que otro elaborado, digamos, por la misma empresa en Cuba o China.

Y es que cuando alguien quiere jugar en el mercado mundial y hacerlo con éxito, no puede esconder cartas en la manga. Y el régimen comunista cubano lo ha venido haciendo desde que lanzó en 2014 la ley de inversiones extranjeras, la Ley 118, por cierto, con escaso éxito. Cuba no puede ser un caso ajeno. A partir de ahora, las empresas europeas y de fuera de la UE que inviertan en Cuba deben, por principio, ser muy exigentes, fiscalizadoras y respetuosas, no solo con los derechos laborales de los cubanos (principio de pago íntegro de salarios en el equivalente de los salarios en divisas que igualen los criterios mínimos legales interprofesionales sectoriales en sus países de origen) sino también deberán exigir, y aquí reside la novedad principal de la norma, que los derechos humanos en Cuba sean un baluarte no negociable en cualquier iniciativa de inversión extranjera.

Esto significa ni más ni menos, que los cubanos deben tener los mismos derechos humanos  a las libertades políticas, sociales, sindicales, medioambientales y económicas que tienen los trabajadores de Alemania, Francia, España o Italia o por mencionar inversiones no comunitarios, de Canadá. Y eso deberá constar en los informes de diligencia debida. Las empresas europeas ejercen en sus países de origen una protección esmerada de los intereses de sus trabajadores, gracias a los avances de la negociación colectiva y el diálogo social. Ahora tendrán que hacer otro tanto en aquellos países que vayan a realizar sus operaciones.

En suma, el parlamento europeo quiere que las empresas implementen políticas similares en sus inversiones en Cuba, como ocurre con los trabajadores de la hotelería o de las empresas de la ZED del Mariel que no son contratados directamente por las empresas en que prestan los servicios, sino por un intermediario estatal que se lucra distrayendo el 75% del sueldo estipulado, lo que supone una clara violación de derechos con la aceptación del empresario. Esa ausencia de una política de salario digno a los trabajadores cubanos en los proyectos de inversión extranjera se ha venido consolidando en el tiempo, y ahora entra en cuestión con la nueva norma aprobada por el parlamento europeo, lo que exigirá una inmediata reacción por parte de quienes se han estado beneficiando de estas prácticas, so pena de recibir las sanciones y multas anunciadas.

Nadie duda que el parlamento europeo ha asestado un duro golpe al régimen castrista. Y lo ha hecho a la vuelta del viaje de Borrell a la Isla, poniendo de manifiesto que el alto representante puede tener los días contados en la política europea. En los próximos meses se verá que la aplicación de esta normativa obligará a que la inversión en Cuba tenga que ir por otros derroteros. En realidad, ninguna empresa está interesada en que se destruya su reputación corporativa por no cumplir normas de derechos humanos y medioambientales, que son ampliamente respetadas en todos los países del mundo. En la economía de mercado libre las empresas desarrollan sus políticas de responsabilidad social corporativa para relacionarse positivamente con el entorno en que operan. Va siendo hora que esto se haga en todas partes.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Muy deficientes resultados en la construcción de viviendas en el primer semestre

¿Qué pasó con el turismo en 2023? ¿Y qué pasará en 2024?

Lecciones de economía con el ministro Regueiro