A ese cubano "extranjero" que piensa invertir en Cuba
Elías Amor Bravo, economista
En una extensa entrevista en Cubadebate, cuya
lectura recomiendo, la directora de inversión extranjera castrista,
Débora Rivas ofrece argumentos para justificar la afirmación de su
ministro Malmierca hace unos días según la cual “con la nueva ley
118, los cubanos residentes en el exterior pueden invertir en Cuba”.
Según criterio de la directora, no existe limitación alguna para
hacerlo, salvo el cumplimiento de la ley y la adecuación del
proyecto a las prioridades del régimen. Casi nada.
La inversión extranjera es un asunto delicado. No
está para titulares ni propaganda castrista al uso. Ahora el régimen
se vuelca con los cubanos residentes en el exterior para que
inviertan en la isla. ¿Tendrán
éxito? Lo dudo.
La posibilidad de que ciudadanos cubanos con
negocios en Hialeah, New Jersey, Madrid, Roma o Estocolmo, se dediquen a realizar
inversiones en Cuba me produce risa. Sin embargo, lo peor de todo, y
lo que no deja de ser lamentable, es que la propia ley que regula
todo esto califica a ese cubano, nacido en Santiago de las Vegas, en
Jatibonico o San Juan y Martínez, como “extranjero” por el mero
hecho de que así lo hayan establecido.
Para el régimen castrista “es
inversionista extranjero la persona natural o jurídica, con
domicilio y capital en el extranjero, que participa como accionista
en una empresa mixta o participe en una empresa de capital totalmente
extranjero o figure como parte de un contrato de asociación
económica internacional”. Así, cualquiera. Ni se especifica la
ciudadanía o el origen del inversor, aunque para la ley debe quedar
claro que su domicilio y capital están fuera de Cuba. Lógico.
¿Cabría cualquier otra cosa? Evidentemente, no.
Es decir, el cubano nativo, residiendo en el
extranjero, que piense invertir en Cuba ya sabe que lo hará como
extranjero en su propio país. Una vergüenza, ¿no les parece? En
España, cuando un español residente en Alemania o Francia invierte
en un negocio en España, aun cuando mantenga su hacienda en aquellos
países, crea una empresa española en su país de origen y en España
es español. Por ejemplo, los españoles que emigraron a Cuba a
comienzos de siglo XX ganaron dinero y volvieron como “indianos”,
obsequiando con esas viviendas formidables que edificaron en la costa
del Garraf o en Asturias, siempre fueron españoles en su tierra,
aunque muchos se hicieron cubanos por la Ley Grau del 50%.
Así que el régimen castrista ha ideado una
fórmula para atraer la inversión de cubanos “extranjeros”,
calificándolos como “no residentes permanentes en Cuba”, cuyo
capital y sus negocios radican fuera del país, de modo que la
financiación necesaria para su proyecto no se va a encontrar en la
isla, sino que tendrá que venir de fuera. Ni doble nacionalidad, ni garantías jurídicas para los cubanos que residen en el extranjero a ser tratados como cubanos. Algo inaudito en el mundo.
Las condiciones que establece la Ley castrista de
inversiones extranjeras así como su Reglamento, el Decreto 325 de
2014 y el resto de las normas complementarias, son una vergüenza y
una afrenta para los nacidos en Cuba, cuando les pase por la cabeza
la idea de invertir en su tierra. Que sepan que el régimen comunista
nunca los considerará cubanos, y los verá igual que a los “pepes”
españoles, o los italianos de turno. Ciertamente, lamentable. Un
escarnio.
Y luego viene la operación a realizar. Estos
cubanos que piensen invertir en Cuba han de saber que al hacerlo, la
única opción que se les permite es tener como socio al régimen
comunista que los expulsó del país a un oscuro y lamentable exilio,
en el que, sin embargo, con trabajo, esfuerzo y ahorro (lo que no
tenían en Cuba) pudieron reconstruir sus vidas.
Bueno, ahora el régimen ha abierto el abanico y
permite invertir en “personas naturales o jurídicas cubanas que
residen permanentemente en el país y que cuentan con inversiones
(TCP o cooperativas, fundamentalmente) y/o; aquellos cubanos que
salen temporalmente al exterior, ya sea a trabajar o de vacaciones, e
ingresan capital por esa vía y lo invierten en sus negocios aquí”.
Un reducido número de opciones y todo muy regulado y controlado. La
cuestión es que nadie podrá invertir libremente en un negocio de un
trabajador por cuenta propia (un paladar o una cafetería) o en la
explotación de un agricultor arrendatario no asociado a cooperativa,
y mucho menos contratar libremente a los trabajadores. Esto no se
permite ni se permitirá.
Al invertir en Cuba, ese cubano “extranjero”
tiene que aceptar como socio principal al castrismo, el mismo régimen
político que lo obligó al exilio, y además, asumir que ese socio
va a controlar el 51% del negocio, sea cual sea la fórmula que
elija. Las numerosas instituciones del régimen creadas para captar
dinero foráneo se encargarán de recordar continuamente quién
manda, por ejemplo, obligando a invertir en aquellas políticas de
interés público establecidas en el país. El cubano “extranjero”
que vaya a invertir en Cuba no podrá hacerlo en lo que desee, sino
en lo que le deje su socio comunista a través de esa infumable
“cartera de oportunidades de negocios” que se ha venido
publicando año a año desde el 2014, y que no se vacía. Por algo
será.
En concreto, ese cubano no podrá invertir en la compra de
viviendas, o en un pequeño negocio franquiciado para que su familia
salga adelante (no los podrá contratar libremente), tampoco podrá
hacerlo en educación o sanidad (está prohibido), en el comercio al
por mayor o en la compra de tierras para producir más alimentos. No.
Tendrá que hacer su inversión en lo que le diga el régimen, a
saber “producción eléctrica con fuentes renovables de energía,
las industrias ligera, agroalimentaria, farmacéutica y
biotecnológica, la construcción, el turismo”, en “525 proyectos
priorizados por los comunistas”. Ya se sabe. Las autoridades se
muestran indulgentes y declaran que aceptan la propuesta de proyectos
no incluidos en la cartera, “pero siempre que se correspondan con
las políticas sectoriales aprobadas” es decir, olvídense de la
libertad de empresa en Cuba.
Y luego en caso de que se decidan a invertir,
tómense su tiempo. La burocracia es infernal. Se estima que 7 de
cada 10 proyectos abandonan antes de llegar a término porque no
pueden soportar eso que llaman “análisis integral del proyecto
propuesto y el capital a desembolsar” basado en una “norma del
ministerio, la Resolución 207/2018, que explica cómo se presentan
los estudios de pre factibilidad que deben formar parte de la
propuesta y expediente del negocio”. Háganme caso, echen un
vistazo a la norma y verán. Además, en Cuba no hay dinero, así que
el régimen espera que el inversor aporte el 100% de los recursos
financieros. Los bancos en la isla no podrán aportar ni un centavo.
En cuanto a las garantías al inversor, la Ley 118
introduce algunas, pero una cosa es el papel y otra bien distinta es
el negocio y la actividad empresarial. En la economía cubana, por
desgracia, no existen muchos sectores que permitan abrigar
expectativas favorables para invertir a corto y medio plazo. Así que
volvemos al principio, para invertir en actividades ruinosas de poco
recorrido, mejor quedarse en casa.
Y
finalmente,
está el tema de los bienes y activos confiscados. Los cubanos que
salieron rumbo al exilio, desarrollaron proyectos empresariales
exitosos en
los países en que se establecieron
y pueden invertir en Cuba ahora como extranjeros, deben
saber que si el régimen les ofrece hacerlo en bienes confiscados a
partir de 1959 a ciudadanos de EEUU, se les aplicará la Ley LIBERTAD
en los mismos términos que a cualquier otra entidad. El estado de la
economía castrista alcanza unas dimensiones
tan lamentables que no sería extraño que un inversor cubano
“extranjero” pudiera acabar invirtiendo en bienes de su
propiedad, anteriores a 1959, sin llegar a tener reconocido la
titularidad del derecho de propiedad confiscado por el régimen
comunista. De verdad, pienso que si esto pudiera llegar a ocurrir,
apaga y que el último en salir cierre bien la puerta. Ya me
entienden.
Un consejo a ese
inversor de origen cubano residentes en cualquier parte del mundo
que quiera desarrollar un proyecto en Cuba, como “extranjero”,
que se lo piense dos veces.
Comentarios
Publicar un comentario