Las empresas estatales cubanas necesitan libertad y derechos de propiedad para ser eficientes

Elías Amor Bravo economista 

Otro experimento a la vista. ¿Fracasará? En plena crisis provocada por el estallido social contra el gobierno como consecuencia de la grave crisis económica originada por la Tarea Ordenamiento, al régimen de Díaz Canel se le ha ocurrido adoptar una serie de parches para salir del paso, como la autorización de importar productos de alimentación, aseo y medicamentos por los viajeros que lleguen al país, una asignación de libreta de racionamiento a la población flotante y lo que trae nuestra atención en esta entrada del blog: la eliminación de la obligación de utilizar la escala salarial para el pago del salario en las empresas estatales.

Esta última es una medida tan arriesgada, que la ministra de Trabajo y seguridad social dijo, al presentarla en Mesa redonda, que “la transformación que estamos proponiendo en la empresa estatal socialista cubana no tiene antecedentes, porque es una facultad que se le da para que la propia entidad fije el salario de sus trabajadores. Por tanto, no es una propuesta cosmética, sino de gran calado. Verdaderamente de fondo”.

Y no le falta la razón. Cierto que de este asunto ya se habló hace bastante tiempo en los Lineamientos, con el objetivo de fortalecer la empresa estatal socialista, que en el modelo económico y social obsoleto que rige el país, sigue siendo “el actor fundamental de nuestra economía”, entendiendo que esta medida confiere mayores facultades a la empresa estatal, pero como otras tantas cuestiones, se guardó en un cajón a la espera de tiempos mejores. ¿Son los actuales los indicados para lanzarse a este tipo de aventuras?

La ministra explicó en su intervención que en los dos últimos años se han aprobado 37 medidas relacionadas con los ingresos, y citó de forma expresa, la eliminación de todos los indicadores límites directivos asociados a los resultados del trabajo; de los límites administrativos que tenía la utilidad (el límite lo pone la eficiencia que sea capaz de generar la empresa). También, del pago a cuenta de la utilidad al cierre de cada trimestre que tiene una particularidad que lo diferencia de lo que se venía haciendo anteriormente, porque es una utilidad que está en proporción con el aporte individual de cada uno de los trabajadores. Finalmente, citó el reciente pago por alto desempeño, que también permite diferenciar los ingresos de los trabajadores. Lo cierto es que ninguna de estas medidas ha supuesto mejoras significativas de la gestión empresarial, a la vista del deficiente funcionamiento de la economía, por lo que no cabe esperar que se produzca alguna mejora esta vez.

En suma, la ministra indicó que su departamento ha ido perfeccionando los mecanismos de pago del sistema empresarial y resaltó que esta nueva medida relativa a la eliminación de la obligación de utilizar la escala salarial para el pago del salario en las empresas estatales se pretende como objetivo “hacer que la empresa estatal socialista sea más eficiente y productiva, pero a partir de una eficiente gestión de los recursos humanos”. ¿Lo conseguirá?

Un análisis de algunos de los aspectos relacionados con la medida nos lleva a señalar algunas dudas.

Por ejemplo, es cierto que se flexibiliza el mecanismo para fijar el salario de los trabajadores y se anuncia de forma expresa que, para pagar más, la empresa tiene que obtener mejores resultados. Hay un elemento de productividad y competitividad detrás de la propuesta, pero no está suficientemente contrastado, ya que la propia ministra añadió que, si sobrevienen unos resultados positivos, eso no quiere decir que, de forma inmediata, se pueda comenzar a pagarse más salario. 

Y por ello, insiste la ministra que primero deben obtenerse los resultados requeridos. ¿Cuáles? ¿Cuándo? ¿En qué momento? ¿Con qué dimensión? Son numerosas cuestiones, y todas ellas relevantes, para que se dejen al albur. Los trabajadores cubanos exigen saber más. No hay nada que ocasione más frustración a un trabajador que esperar una mejora salarial a través de su compromiso y observar que el esfuerzo, una vez realizado, no se ve compensado.

En segundo lugar, se establece con esta medida que la empresa deberá financiar el salario con sus ingresos por ventas; es decir, en este caso no se acepta ninguna intervención del presupuesto del Estado. La entidad debe ser capaz de financiar su fondo de salario. Parece razonable, pero en cuanto se precisa el contenido de esta propuesta se ve que tiene poco recorrido. ¿Qué ocurre con aquellas empresas estatales que “venden” toda su producción al estado o al sector presupuesto, y que son la mayoría? ¿Tendrán prohibido pagar salarios sin obligación a la escala en esos casos? Acaso, ¿trabajar para el estado se entenderá como “intervención”? ¿Está pensando el gobierno en empresas estatales que hagan negocio con el sector privado o la exportación?

Otro aspecto de la medida se refiere a que ningún trabajador podrá recibir un salario inferior al mínimo establecido en el país, que en estos momentos es 2.100 pesos. Realmente, no existen estadísticas de la estructura salarial de las empresas estatales, pero en ellas, por lo general, predominan los salarios superiores a la media ya que las categorías profesionales suelen ocupar los escalones superiores a la mitad. Y, desde luego, muy por encima del mínimo.

Parece un contrasentido establecer salarios mínimos a una entidad que se plantee mediante organización del trabajo conseguir competitividad y productividad. En todo caso, el legislador elimina una opción que podría servir para asignar recursos de forma eficiente durante un tiempo, y que en función de cómo pueda ir el negocio, se podría obtener después una mejor productividad. El salario mínimo, incluso en economías controladas por el estado como la cubana, es un freno al empleo, sobre todo de los jóvenes.

Y, en cuarto lugar, esta medida exige gradualidad de su implementación, y, además, se pretende que esté precedida por un “programa integral de mejoras”, que incluye la organización del trabajo en la entidad beneficiada. Como no podría ser de otro modo, se asigna a la Cujae el asesoramiento al Ministerio en este proceso y, en la medida en que se extienda por las provincias, las universidades locales podrán realizar lo mismo. Ni una sola opción se ha abierto para trabajadores por cuenta propia que puedan ofertar sus servicios de consultoría empresarial, a precios y condiciones mucho más competitivas que universidades o centros de investigación a las que se abre una vía compartimental y estanca de obtención de ingresos complementarios. Otra oportunidad perdida.

De lo que informó la ministra en la Mesa redonda y, a la espera de que se publique la norma reguladora, es que la organización salarial se deberá basar en los principios de equidad, proporcionalidad (por cuanto el salario se paga en correspondencia con el tiempo real trabajado) y de dinámica (el salario se fija en correspondencia con los resultados de la empresa). Este principio se lleva incluso al lado opuesto, cuando se establece que no será admisible la planificación de pérdidas, es decir, no se podrá pagar mayor salario en un centro con pérdidas, y en todo caso, no se deberá disminuir el nivel de utilidad real obtenido del año anterior, pues si se pretende ir en incremento de la eficiencia precisa incrementarse la utilidad.

Entre otros aspectos, se autoriza a la empresa a aplicar otros incentivos económicos asociados a la productividad del trabajador y a la consecución de objetivos específicos y estratégicos de la organización, como, por ejemplo, los sistemas de pago adaptado o los sistemas de pago por resultados y, en este caso, la entidad puede plantearse indicadores que tienen que ver, quizá, con la recaudación, el nivel de ventas, el acortamiento de determinados plazos para la realización de los procesos. Sería interesante conocer, con datos oficiales, el impacto de estos mecanismos de pago en la actividad de las empresas estatales cubanas.

En todo caso, la medida establece que es la empresa la que dice cuál es el diseño de su sistema de pago con una parte fija del salario que va a devengar el trabajador por asistir todos los días al trabajo, acompañado de una parte móvil del salario. Por ello, se mantienen los sistemas de pago a destajo y los mecanismos actuales de distribución de las utilidades, tanto al cierre del ejercicio económico del año como el pago a cuenta de las utilidades al cierre de cada trimestre, y también el pago por alto desempeño, si bien, la medida elimina las directivas administrativas de los órganos y organismos referidas a estructuras y plantillas, de modo que si la empresa incrementa la contribución por el rendimiento de la inversión estatal previsto en el plan, podrá aumentar su fondo de salario.

La ministra señaló que se está evaluando empezar la implementación de la medida por sectores con “resultados destacados”, con elevada organización del trabajo y adecuada contabilidad y que, en todo caso, se informará más adelante por qué sectores comenzará la implementación de la experiencia. Parece prudente y podría evitar fracasos en la implementación a la vez que se generan procesos de aprendizaje basados en buenas prácticas que se pueden seguir en otras empresas. La ministra señaló que en cuanto las entidades del sector empresarial que quieran aplicar la medida certifiquen que tienen las condiciones creadas, se pueda implementar, sin tiempo de espera, con la estimación de que será el año próximo el que vea cómo avanza la experiencia.

También se considera que las empresas que, luego de generalizarse la medida en 2022, no presenten las condiciones aprobadas, mantendrán el sistema salarial que tienen en la actualidad hasta tanto demuestren poseerlas. Las autoridades han previsto para la etapa de implementación un amplio proceso de capacitación a escala nacional, con el acompañamiento académico.

Es importante señalar, a tenor de lo expuesto, que esta medida de eliminar de la obligación de utilizar la escala salarial para el pago del salario en las empresas estatales no es, en modo alguno, una garantía de mejora del funcionamiento de estas organizaciones en el modelo social comunista cubano. Las empresas estatales cubanas precisan, de manera urgente, otro tipo de medidas, estructurales y jurídicas, que les permitan operar en condiciones similares a las que se dan en una economía de mercado.  Y, sobre todo, lo que demandan es menos intervención del estado, más libertad de decisión, de acumulación y reparto de riqueza, al margen de trabas y obstáculos administrativos. La libertad económica y los derechos de propiedad también son fundamentales para las empresas estatales.

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