Las empresas estatales cubanas necesitan libertad y derechos de propiedad para ser eficientes
Elías Amor Bravo economista
Otro experimento a la vista. ¿Fracasará? En plena crisis
provocada por el estallido social contra el gobierno como consecuencia de la
grave crisis económica originada por la Tarea Ordenamiento, al régimen de Díaz Canel se le ha
ocurrido adoptar una serie de parches para salir del paso, como la autorización
de importar productos de alimentación, aseo y medicamentos por los viajeros que
lleguen al país, una asignación de libreta de racionamiento a la población flotante
y lo que trae nuestra atención en esta entrada del blog: la eliminación de la
obligación de utilizar la escala salarial para el pago del salario en las
empresas estatales.
Esta última es una medida tan arriesgada, que la ministra de
Trabajo y seguridad social dijo, al presentarla en Mesa redonda, que “la
transformación que estamos proponiendo en la empresa estatal socialista cubana
no tiene antecedentes, porque es una facultad que se le da para que la propia
entidad fije el salario de sus trabajadores. Por tanto, no es una propuesta
cosmética, sino de gran calado. Verdaderamente de fondo”.
Y no le falta la razón. Cierto que de este asunto ya se
habló hace bastante tiempo en los Lineamientos, con el objetivo de fortalecer
la empresa estatal socialista, que en el modelo económico y social obsoleto que
rige el país, sigue siendo “el actor fundamental de nuestra economía”, entendiendo
que esta medida confiere mayores facultades a la empresa estatal, pero como
otras tantas cuestiones, se guardó en un cajón a la espera de tiempos mejores.
¿Son los actuales los indicados para lanzarse a este tipo de aventuras?
La ministra explicó en su intervención que en los dos
últimos años se han aprobado 37 medidas relacionadas con los ingresos, y citó
de forma expresa, la eliminación de todos los indicadores límites directivos
asociados a los resultados del trabajo; de los límites administrativos que
tenía la utilidad (el límite lo pone la eficiencia que sea capaz de generar la
empresa). También, del pago a cuenta de la utilidad al cierre de cada trimestre
que tiene una particularidad que lo diferencia de lo que se venía haciendo
anteriormente, porque es una utilidad que está en proporción con el aporte
individual de cada uno de los trabajadores. Finalmente, citó el reciente pago
por alto desempeño, que también permite diferenciar los ingresos de los
trabajadores. Lo cierto es que ninguna de estas medidas ha supuesto mejoras
significativas de la gestión empresarial, a la vista del deficiente
funcionamiento de la economía, por lo que no cabe esperar que se produzca
alguna mejora esta vez.
En suma, la ministra indicó que su departamento ha ido perfeccionando
los mecanismos de pago del sistema empresarial y resaltó que esta nueva medida relativa
a la eliminación de la obligación de utilizar la escala salarial para el pago
del salario en las empresas estatales se pretende como objetivo “hacer que la
empresa estatal socialista sea más eficiente y productiva, pero a partir de una
eficiente gestión de los recursos humanos”. ¿Lo conseguirá?
Un análisis de algunos de los aspectos relacionados con la
medida nos lleva a señalar algunas dudas.
Por ejemplo, es cierto que se flexibiliza el mecanismo para fijar el salario de los trabajadores y se anuncia de forma expresa que, para pagar más, la empresa tiene que obtener mejores resultados. Hay un elemento de productividad y competitividad detrás de la propuesta, pero no está suficientemente contrastado, ya que la propia ministra añadió que, si sobrevienen unos resultados positivos, eso no quiere decir que, de forma inmediata, se pueda comenzar a pagarse más salario.
Y por ello, insiste la ministra que primero
deben obtenerse los resultados requeridos. ¿Cuáles? ¿Cuándo? ¿En qué momento?
¿Con qué dimensión? Son numerosas cuestiones, y todas ellas relevantes, para
que se dejen al albur. Los trabajadores cubanos exigen saber más. No hay nada
que ocasione más frustración a un trabajador que esperar una mejora salarial a
través de su compromiso y observar que el esfuerzo, una vez realizado, no se ve
compensado.
En segundo lugar, se establece con esta medida que la
empresa deberá financiar el salario con sus ingresos por ventas; es decir, en
este caso no se acepta ninguna intervención del presupuesto del Estado. La
entidad debe ser capaz de financiar su fondo de salario. Parece razonable, pero
en cuanto se precisa el contenido de esta propuesta se ve que tiene poco
recorrido. ¿Qué ocurre con aquellas empresas estatales que “venden” toda su
producción al estado o al sector presupuesto, y que son la mayoría? ¿Tendrán
prohibido pagar salarios sin obligación a la escala en esos casos? Acaso, ¿trabajar
para el estado se entenderá como “intervención”? ¿Está pensando el gobierno en
empresas estatales que hagan negocio con el sector privado o la exportación?
Otro aspecto de la medida se refiere a que ningún trabajador
podrá recibir un salario inferior al mínimo establecido en el país, que en
estos momentos es 2.100 pesos. Realmente, no existen estadísticas de la
estructura salarial de las empresas estatales, pero en ellas, por lo general,
predominan los salarios superiores a la media ya que las categorías profesionales
suelen ocupar los escalones superiores a la mitad. Y, desde luego, muy por
encima del mínimo.
Parece un contrasentido establecer salarios mínimos a una
entidad que se plantee mediante organización del trabajo conseguir
competitividad y productividad. En todo caso, el legislador elimina una opción
que podría servir para asignar recursos de forma eficiente durante un tiempo, y
que en función de cómo pueda ir el negocio, se podría obtener después una mejor
productividad. El salario mínimo, incluso en economías controladas por el estado
como la cubana, es un freno al empleo, sobre todo de los jóvenes.
Y, en cuarto lugar, esta medida exige gradualidad de su
implementación, y, además, se pretende que esté precedida por un “programa
integral de mejoras”, que incluye la organización del trabajo en la entidad
beneficiada. Como no podría ser de otro modo, se asigna a la Cujae el asesoramiento
al Ministerio en este proceso y, en la medida en que se extienda por las
provincias, las universidades locales podrán realizar lo mismo. Ni una sola
opción se ha abierto para trabajadores por cuenta propia que puedan ofertar sus
servicios de consultoría empresarial, a precios y condiciones mucho más
competitivas que universidades o centros de investigación a las que se abre una
vía compartimental y estanca de obtención de ingresos complementarios. Otra oportunidad
perdida.
De lo que informó la ministra en la Mesa redonda y, a la
espera de que se publique la norma reguladora, es que la organización salarial
se deberá basar en los principios de equidad, proporcionalidad (por cuanto el
salario se paga en correspondencia con el tiempo real trabajado) y de dinámica (el
salario se fija en correspondencia con los resultados de la empresa). Este
principio se lleva incluso al lado opuesto, cuando se establece que no será
admisible la planificación de pérdidas, es decir, no se podrá pagar mayor
salario en un centro con pérdidas, y en todo caso, no se deberá disminuir el
nivel de utilidad real obtenido del año anterior, pues si se pretende ir en incremento
de la eficiencia precisa incrementarse la utilidad.
Entre otros aspectos, se autoriza a la empresa a aplicar
otros incentivos económicos asociados a la productividad del trabajador y a la
consecución de objetivos específicos y estratégicos de la organización, como,
por ejemplo, los sistemas de pago adaptado o los sistemas de pago por
resultados y, en este caso, la entidad puede plantearse indicadores que tienen
que ver, quizá, con la recaudación, el nivel de ventas, el acortamiento de
determinados plazos para la realización de los procesos. Sería interesante
conocer, con datos oficiales, el impacto de estos mecanismos de pago en la
actividad de las empresas estatales cubanas.
En todo caso, la medida establece que es la empresa la que
dice cuál es el diseño de su sistema de pago con una parte fija del salario que
va a devengar el trabajador por asistir todos los días al trabajo, acompañado
de una parte móvil del salario. Por ello, se mantienen los sistemas de pago a
destajo y los mecanismos actuales de distribución de las utilidades, tanto al
cierre del ejercicio económico del año como el pago a cuenta de las utilidades
al cierre de cada trimestre, y también el pago por alto desempeño, si bien, la
medida elimina las directivas administrativas de los órganos y organismos
referidas a estructuras y plantillas, de modo que si la empresa incrementa la
contribución por el rendimiento de la inversión estatal previsto en el plan,
podrá aumentar su fondo de salario.
La ministra señaló que se está evaluando empezar la
implementación de la medida por sectores con “resultados destacados”, con
elevada organización del trabajo y adecuada contabilidad y que, en todo caso,
se informará más adelante por qué sectores comenzará la implementación de la
experiencia. Parece prudente y podría evitar fracasos en la implementación a la
vez que se generan procesos de aprendizaje basados en buenas prácticas que se pueden
seguir en otras empresas. La ministra señaló que en cuanto las entidades del
sector empresarial que quieran aplicar la medida certifiquen que tienen las
condiciones creadas, se pueda implementar, sin tiempo de espera, con la
estimación de que será el año próximo el que vea cómo avanza la experiencia.
También se considera que las empresas que, luego de
generalizarse la medida en 2022, no presenten las condiciones aprobadas,
mantendrán el sistema salarial que tienen en la actualidad hasta tanto
demuestren poseerlas. Las autoridades han previsto para la etapa de
implementación un amplio proceso de capacitación a escala nacional, con el
acompañamiento académico.
Es importante señalar, a tenor de lo expuesto, que esta
medida de eliminar de la obligación de utilizar la escala salarial para el pago
del salario en las empresas estatales no es, en modo alguno, una garantía de
mejora del funcionamiento de estas organizaciones en el modelo social comunista
cubano. Las empresas estatales cubanas precisan, de manera urgente, otro tipo
de medidas, estructurales y jurídicas, que les permitan operar en condiciones
similares a las que se dan en una economía de mercado. Y, sobre todo, lo que demandan es menos intervención
del estado, más libertad de decisión, de acumulación y reparto de riqueza, al
margen de trabas y obstáculos administrativos. La libertad económica y los
derechos de propiedad también son fundamentales para las empresas estatales.
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