Así, ¿para qué invertir en Cuba?

Elías Amor Bravo, economista

La respuesta nos la acaban de dar. El régimen castrista anda dando vueltas a la forma de conseguir una mayor eficiencia en el proceso inversionista. Un artículo en Granma “Lograr la mejor reproducción de cada peso invertido” abunda en estas cuestiones. Recientemente, el Decreto No. 327 “Reglamento del proceso inversionista”, y un conjunto de normativas complementarias que entrarán en vigor próximamente, tienen como principal objetivo, y cito textualmente, “actualizar y atemperar a las condiciones actuales las diferentes normativas que guardan relación con dicho proceso, constituye un paso fundamental”.

El que crea que en Cuba existe algún tipo de libertad económica para invertir, que se olvide. El Decreto regula todas las inversiones que se ejecutan en el territorio nacional por las entidades estatales, las sociedades mercantiles de capital 100% cubano, las empresas mixtas, las Asociaciones Económicas Internacionales (AEI) y las Empresas de capital totalmente extranjero. Después de la publicación del nuevo entramado legal, hasta las modalidades de inversión extranjera se extraen de la recientemente aprobada Ley de Inver­sión Extranjera, y entran dentro del ámbito de lo establecido en la Resolución 91 “Indicaciones para el Proceso Inversionista”, del 16 de mar­zo del 2006, del Ministerio de Eco­nomía y Planificación, que es el ejemplo más palmario del intervencionismo estalinista que domina buena parte de las decisiones de la economía castrista.

En esencia, este Decreto es un golpe de mano que centraliza, unifica todos los conceptos relativos a las inversiones, y fija un marco de obligado cumplimiento para cualquier tipo de inversiones en territorio nacional, excepto las Zonas Especiales de Desarrollo y en los “derroteros de la Oficina del Historiador de La Habana”, por sus específicas características. A partir de este momento, la marcha de las inversiones extranjeras no sólo se controla por el régimen, sino que se somete al conjunto de normas jurídicas del proceso inversionista que rige en la Isla.

Por lo demás, el Decreto fija la responsabilidad del inversionista, su definición en el marco legal, sus funciones y las del resto de los sujetos que forman parte del proceso, desde el proyectista, suministrador, constructor, explotador y contratista. El término “explotador” no tiene desperdicio. No son capaces de suprimir la retórica del odio ni siquiera en un texto legal. Incluso, los inversores tienen que estar “capacitados sistemáticamente”, lo que no se comprende muy bien qué significa, y además, acreditados con un título sin el cual no podrán ejercer sus funciones. Es decir, nada escapa al control del régimen.

Ese peligroso aumento del intervencionismo, va acompañado, curiosamente, de un proceso de descentralización en los niveles de dirección, dentro del llamado proceso de perfeccionamiento empresarial. Suena a trampa. Si bien, en la actualidad el 85 % de las inversiones se aprueba a nivel central, ya sea en el Ministerio de Economía y Planificación, el Ministe­rio del Co­mer­cio Exterior y la Inver­sión Extran­jera, o en el Comité Ejecu­tivo del Con­sejo de Ministros, se pretende que los directores de empresas puedan aprobar determinadas in­versiones sin necesidad de hacer consultas. Un argumento baladí, si se tiene en cuenta la forma que se establece la organización piramidal de la economía. En todo caso, el Decreto se encarga de confirmar que los directores solo podrán aprobar pequeñas inversiones, como las que garanticen la reproducción simple de su actividad, el reequipamiento y el sostenimiento de sus funciones. Al final, siempre obedecen a alguien.

Las autoridades confían que por medio del Reglamento se pueda ordenar mejor las diferentes fases del proceso inversionista. Lo dudo. Una cosa es ordenar y otra controlar in extremis. Una intervención que es total, desde la obtención de los diferentes permisos, las circunstancias en que se solicitan, quién los concede y el tiempo que puede demorar en responder un organismo al que se le haga algún tipo de consulta, entre otras. Cualquier movimiento será sometido a vigilancia y control. Trabas y más trabas.

Es sorprendente lo que se dice en Granma, y cito textualmente, “hasta el momento ningún documento legal normaba claramente qué hacer en estos casos y a partir de ahora todos los organismos de consulta cuentan con una herramienta legal, atemperada a la actualización del modelo económico. Con ella se ordenan sus obligaciones en el proceso inversionista en temas específicos que son de su rectoría tales como: localización, medio ambiente, transferencia de tecnología, empleo de fuentes renovables y uso eficiente de la energía, seguridad y orden interior, defensa, comercialización, uso del es­pectro radioelectrónico, transporte, tu­rismo, construcción, uso del suelo y sus recursos minerales, industria, elaboración de alimentos, higiene y de­fensa civil”. Es decir, el intervencionismo y control, que antes era adhocrático, ahora se convierte en una práctica normada y organizada. No se sabe que puede ser peor.

Se presenta como una innovación la creación de la “Ventanilla Única” para la tramitación de permisos, la entrada en vigor de un mecanismo que considera el silencio como aprobación, el silencio positivo, que al parecer hasta ahora no existía en la jungla burocrática castrista.

A partir de la entrada en vigor del Decreto No. 327, la licitación como técnica de gestión, se aplicará a to­das las fases del proceso inversionista. Esta técnica abarcará a todas las “formas estatales y no estatales, con diferentes entidades, nacionales y extranjeras”. En esencia, se pretende que se liciten todos los pro­yectos, la construcción, los suministros pensando que así se pueden obtener las mejores ofertas en un ambiente de transparencia y competitividad.

Creo que este es un nuevo ejemplo de las contradicciones y dificultades que tiene la economía castrista para despojarse de las ataduras que la frenan y le impiden desarrollarse en condiciones normales. En vez de liberar fuerzas productivas, hacen justo lo contrario. Al final, siempre acaban en lo mismo. Atentar contra el comportamiento inversor de esta forma es ir contracorriente en las experiencias que los economistas conocen y dominan. Cierto es que el gran Keynes nunca vio con buenos ojos la excesiva libertad de los emprendedores para desarrollar sus proyectos de inversión, y pensaba que ese comportamiento de los “animal spirits” estaba en contra de la necesaria igualdad macroeconómica de ahorro e inversión.

Pero lo que han hecho en la economía castrista es rizar el rizo, y poner bajo control del estado y sus decisiones ideológicas y políticas, las bases del proceso de crecimiento de una economía. No es extraño que la participación de la formación bruta de capital fijo sobre el PIB en Cuba sea de las más bajas del mundo. Difícilmente se podrá recuperar. Este nuevo modelo tampoco ofrece garantías, y desde luego es un claro aviso a navegantes, en este caso, inversores extranjeros que saben que sus decisiones estarán sometidas a control del estado. Así, ¿para qué invertir en Cuba?

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