El impacto de las medidas de la Gaceta Nº 35 sobre los trabajadores por cuenta propia

Elías Amor Bravo, economista

Al régimen castrista le encanta hablar del “perfeccionamiento de la gestión del trabajo por cuenta propia”, pero rara vez hace lo mismo con respecto a las empresas estatales y al conjunto del sector presupuestado de la economía, que necesita mucho más que perfeccionar sus normas de funcionamiento para corregir su atraso e improductividad. 

Los trabajadores por cuenta propia (TCP), de los que se estima una cifra de algo más de medio millón, tras el parón de licencias establecido por el régimen, son el único sector de la economía cubana que crece y que inyecta actividad, dinamismo, empleo y riqueza al tejido productivo y social. 

Desde el año 2010, lo que el régimen denomina nuevas formas de gestión, en tono peyorativo para no utilizar el término real que es “empresa privada”, se han visto sometidas a un creciente control por parte de las autoridades, límites a su funcionamiento, obstáculos de todo tipo e incluso, ataques y acusaciones muchas veces infundadas de presuntos delitos. A pesar de todo ello, los trabajadores por cuenta propia han logrado transformar la realidad allí donde se han establecido.

A los dirigentes del régimen no les gusta tener que reconocer los efectos positivos del trabajo por cuenta propia. Esta en el ADN comunista. Por eso, atribuir ventajas como “el reordenamiento laboral y la reducción de plantillas infladas en el sector estatal y contribuir gradualmente a liberar al Estado de algunas actividades productivas y de servicios no estratégicas para el desarrollo del país”, o a “incrementar la oferta de bienes y servicios a la población con niveles aceptables de calidad”, es quedarse muy lejos del efecto final de los trabajadores por cuenta propia en la economía. 

En mi opinión, por ejemplo, es muy importante que después de casi 60 años de extinción de la economía libre de mercado en Cuba, aparezcan estos innovadores de lo que fue Cuba antes de 1959. La semilla de sus antecesores quedó bien enterrada y en cuanto las condiciones han sido favorables, han vuelto a aparecer. El castrismo tiene la fecha de final grabada en fuego, pero la economía libre, no. Esa es la gran lección que nos enseña este largo período de la historia de Cuba. 

Y si estos efectos positivos podrían justificar un trato más favorable por parte del régimen, las autoridades solo entienden que “no todos los negocios han logrado su florecimiento con total apego a lo dispuesto, por lo que a la par de los beneficios reportados también han emergido algunas desviaciones relacionadas, fundamentalmente, con la utilización de materias primas de procedencia ilícita, así como el incumplimiento de las obligaciones tributarias y la subdeclaración de ingresos”, para añadir además que “la falta de enfrentamiento y solución oportuna de los problemas e imprecisiones y deficiencias en el control, trajo consigo la proliferación de indisciplinas e ilegalidades”. Situaciones anómalas que, como ya se ha señalado en este blog en numerosas ocasiones, tienen más que ver con las restricciones que impone el régimen al funcionamiento de estas entidades que con delitos propiamente dichos. 

En esa presión continua del régimen sobre el trabajo por cuenta propia, en 2017 las autoridades decidieron, sin previo aviso, “suspender temporalmente las autorizaciones de 27 de las actividades aprobadas”, creando una sensación de fin de ciclo en muchos cubanos que habían apostado claramente por establecerse por cuenta propia. Ha transcurrido un año, y tras esas “consultas” de las que el régimen hace referencia, sin saber bien qué ni quién, se aprueba, sin previo aviso, un paquete de 20 normas que publica la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 como “adecuación tributaria”1. El régimen justifica estas medidas por las “solicitudes de los propios TCP y las regulaciones para perfeccionar el ejercicio de las actividades y fortalecer el control funcional a todos los niveles: desde el municipio hasta la nación”. No creo que ni ellos mismos se lo crean.

Por otra parte, tampoco pienso que estas disposiciones vayan a corregir lo que el régimen dice haber hecho mal, y lejos de continuar apoyando a los trabajadores por cuenta propia, la “adecuación tributaria” anunciada en Granma, se convierte en un ejercicio de irresponsabilidad fiscal ideológica que puede poner, y de hecho lo veremos pronto, en peligro a numerosos trabajadores por cuenta propia, que no se van a sentir conformes con trabajar más y más horas para pagar al estado comunista que, por otra parte, no les da facilidad alguna. 

¿Cómo afectan estas medidas de la Gaceta Nº 35 a los trabajadores por cuenta propia? Esto se puede analizar desde numerosos puntos de vista. Por ejemplo, la medida “estrella” de la “adecuación” es agrupar 201 actividades en solo 123. Aunque nieguen la mayor y afirmen que no es una supresión, nos encontramos ante una reducción evidente del número de autorizaciones para el ejercicio por cuenta propia que coarta la libre iniciativa privada. 

En vez de agrupar, lo que tienen que hacer es aumentar e ir extendiendo el trabajo independiente a todos los sectores de la economía. Agrupando licencias se busca recaudar más, porque una licencia de peluquero da para lo que da, y ahora, al integrar peluquero, con la licencia de servicios de belleza unificando siete actividades, entre las que figuran masajista, peluquera peinadora de trenzas, peluquero tradicional, etc, no solo se recauda más, sino que se limita el ámbito profesional de quién puede asumir todas estas funciones. Ahora, ya se verá quién es capaz de asumir 7 licencias. El tiro por la culata, como siempre.

Desde hace tiempo, vengo señalando que las actividades aprobadas para el trabajo por cuenta propia en Cuba no se corresponden con las clasificaciones internacionales de ocupaciones, como ISCO, o NACE, sino que se trata de un invento colectivista, que no se corresponde con la realidad laboral moderna ni con el desarrollo de una economía de mercado próspera. Ni siquiera se ha aceptado la participación privada en la construcción de viviendas y edificios o el comercio mayorista. Es un ejemplo del atraso. Autorizar la salida al exterior en determinadas circunstancias, sustituciones temporales o la ampliación de los alquileres a personas jurídicas, es un cambio estético que, visto en perspectiva, tiene poco que aportar al panorama actual.

En la definición de lo que llaman “fronteras de lo lícito”, las medidas se dirigen a “la descripción de la actividad y el lugar donde será ejercida, las vías de acceso a las materias primas, los horarios, el cumplimiento de las normas de planificación física, higiene, etc”, situación que se aprovecha para limitar el ejercicio privado, al otorgar “autorizaciones para ejercer solo una de las actividades aprobadas” y asumen que esta disposición “podría resultar poco flexible para algunos, teniendo en cuenta que antes se podían obtener varias licencias”. A los dirigentes del régimen les cuesta entender cómo es posible que en un servicio de restaurante haya “fregador de autos”, por citar un ejemplo. En suma, los 9.657 trabajadores por cuenta propia con más de una autorización tienen 90 días naturales para decidir con cuál se quedan. Ni más ni menos. Muchos, entiendo, dejarán de prestar servicios. Después el régimen podrá repartir así unas cuantas más, sin cambiar el actual statu quo, y de paso quedar bien. Lo mismo de siempre.

Para aquellos que no cumplan la norma, se prevén “las sanciones, en dependencia de la magnitud de la violación, desde la aplicación de multas hasta la cancelación definitiva de la licencia”. El lío con las autorizaciones no puede ser mayor. Las nuevas normas establecen, por ejemplo, que a nivel provincial corresponderá la aprobación, por ejemplo, del arrendamiento de viviendas completas o de más de cuatro habitaciones, así como los servicios de restaurantes y bares. Por el contrario, a nivel municipal tocará la evaluación de los arrendadores de vivienda, habitaciones (hasta cuatro) y espacios, así como las actividades de carpintero, fregador engrasador de equipos automotores, operador de equipos de recreación, y otras que el Consejo de la Administración determine. Burócratas e inspectores por doquier, mientras que los emprendedores privados no sabrán a que atenerse.

En definitiva, el régimen pretende que las decisiones adoptadas recaigan en las administraciones locales a la hora de otorgar los permisos, lo cual debe estar precedido de una evaluación colectiva y de acciones de comprobación en determinadas actividades, pero luego se carga de responsabilidades a la provincial e incluso a la estatal con las autorizaciones. Nada claro.

De poco va a servir que el acceso a la normativa esté disponible en formato digital en el sitio de la Gaceta Oficial y que gradualmente se pondrá a la venta, en su versión impresa, a partir del próximo 1ro. de agosto. Los plazos corren de forma inexorable, sobre todo para las autorizaciones. La entrada en vigor de la normativa acontecerá 150 días después de la publicación de la Gaceta, momento en el cual se reiniciará la entrega de autorizaciones para las 27 actividades que están actualmente limitadas.
En todo caso, se ratifica la decisión de no otorgar nuevas autorizaciones para las siguientes actividades:
- Vendedor mayorista y minorista de productos agropecuarios Operador de equipos de recreación (para equipos rústicos)
- Carretillero o vendedor de productos agrícolas de forma ambulatoria
- Comprador vendedor de discos

Precisamente, algunas de las que ofrecen un servicio más importante para amplios sectores de la población, sobre todo en la alimentación. Otra vez a abastecerse en las penosas tiendas estatales.
De todo el conjunto de resoluciones publicadas, las relativas al transporte también tienen una cierta importancia para la población. Los informes que llegan de Cuba vuelven a insistir en la pésima calidad del transporte público y ante la falta de gasolina, muchos anticipan un escenario parecido al del llamado período especial.

Otro de los cambios principales, se destaca la concesión de la licencia de operación de transporte (LOT) para los servicios auxiliares y conexos, que se otorgará por única vez de modo gratuito. Además, se restituye la extensión municipal, provincial y nacional de esta licencia (hoy todas tienen alcance nacional).

El requisito general para solicitarla será poseer licencia de conducción del medio que se trate, y en caso de prestar servicios en ómnibus, camionetas y camiones, los solicitantes deben acreditar, por una persona jurídica, tres años de experiencia como conductor de vehículos de motor. Es evidente que el gobierno pretende abrir las manos en esta actividad e inundar el mercado de trabajadores por cuenta propia, ante la parálisis del transporte público y las protestas que tuvo que hacer frente de los que ya estaban prestando sus servicios.

Finalmente, las normas restringen el ejercicio de transporte de pasajeros en la modalidad de alto confort o clásico, ya que en este caso el titular de la licencia debe estar vinculado contractualmente con una entidad designada por el Mitrans; en este caso resulta la empresa Taxiscuba. Con ello, el régimen asegura el control por el estado del segmento más rentable, orientado a los turistas con mayor poder adquisitivo.

Curiosamente, entre las normas publicadas en materia de transporte, se habla de un experimento en La Habana que comprende a más de 6.000 titulares de licencia, que ofertan servicios en auto, jeep, paneles y microbús con capacidad entre cuatro y 14 plazas. Las autoridades dicen que el experimento consiste en ordenar el servicio de transporte de pasajeros en un sistema de 26 piqueras con 23 rutas asociadas, siguiendo la orden del Consejo de Administración de la capital. 

Lo curioso del experimento es que para obtener la licencia, los titulares que decidan participar en el mismo tienen que abrir cuentas bancarias asociadas a una tarjeta magnética para la realización de las transacciones de pago con las entidades estatales. Además, con la misma tarjeta que obliga a depositar fondos en el banco, tienen la posibilidad de comprar herramientas, partes y piezas en correspondencia con la disponibilidad, a precios iguales a los minoristas menos un 20% de descuento.

Por último, se establece la obligación de un consumo mínimo anual de combustible, distribuido por meses, para cada tipo de medio, y que debe ser adquirido por tarjeta magnética, con un precio de venta por litro de:
- Diésel-2 CUP
- Gasolina de motor-10 CUP
- Gasolina regular-13 CUP
- Gasolina Especial-16 CUP

De acuerdo con el experimento, el precio del servicio a la población será de 5 pesos por pasajero para tramos de hasta ocho kilómetros, y los vehículos deben estar señalizados con una pegatina que visualice la ruta autorizada y la delimitación de sus tramos y precios.

Nadie sabe muy bien qué pretenden las autoridades con este experimento. No obstante, los titulares de licencia que no quieran participar en el mismo y soliciten acogerse al servicio de taxis libre deberán identificarse, trabajarán bajo el principio de oferta y demanda, como si eso fuera grave, y estarán obligados a consumir un mínimo de combustible, igualmente comprado por tarjeta magnética, al precio minorista.

El impacto del experimento puede dar cualquier resultado, incluso el menos previsto, como dejar a los habaneros sin servicio de transporte. En numerosas ocasiones, los intentos del régimen de controlar la oferta, han acabado en racionamiento y ausencia de productos y servicios. Es probable que vuelva de nuevo.

En próximas entradas del blog seguiremos con este análisis.

1La Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 publica 20 normas jurídicas, agrupadas en cinco decretos leyes y un decreto, así como 14 resoluciones complementarias de los ministerios de Trabajo y Seguridad Social, Finanzas y Precios, Economía y Planificación, Salud Pública, Industrias, Transporte y el Instituto de Planificación Física.

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