La economía en la letra de la Carta Magna: obervaciones a Granma

Elías Amor Bravo, economista

En Granma presentan hoy algunas aportaciones que se han ido produciendo al contenido de la constitución, en los aspectos relativos a la economía. Pocos cambios. Más o menos lo mismo que ya existía, como hemos señalado en este blog no hace mucho. Los cubanos asisten a un proceso en el que las estructuras que han venido funcionando de forma deficiente durante los últimos 60 años, se van a consolidar en el nuevo texto. Y encima en Granma dicen que “el pueblo cubano hace suyo el privilegio de aportar sus propuestas a la Carta Magna (…) en miles de reuniones, con una presencia masiva de personas, en todo el país desde que el pasado día 13 de agosto”. Creo que aún es poco tiempo para saber hasta dónde puede llegar el proceso, pero sobre todo, mantengo dudas sobre la calidad democrática de las consultas. Pienso que prácticamente todo, viene de fábrica. Y como lo que se trata en esta nota es de analizar los cambios que se proponen para la economía, vamos a ello.

Las cuestiones relativas a la economía (ver Anexo de este post) ocupan una parte muy destacada del Título II de la constitución, y así, ya en el artículo número 20, que es el primero de dicho Título, se establece que “en la República de Cuba rige el sistema de economía basado en la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción, como forma de propiedad principal, y la dirección planificada de la economía, que considera y regula el mercado, en función de los intereses de la sociedad”. Nada cambia respecto de la situación anterior: el predominio de la propiedad estatal sobre la privada, ha sido el responsable directo del pésimo funcionamiento de la economía y los errores sistemáticos de la planificación central se han encargado del resto. Frente al dinamismo del mercado y la acción enriquecedora de los derechos de propiedad conseguidos con el trabajo, el esfuerzo y el ahorro, el régimen castrista quiere que Cuba siga siendo una nación de pobres, con escaso poder adquisitivo y de elección, sometidos a la dirección estatal en todos los aspectos de la vida.

Para colmo de males, y en vez de reconocer el fenómeno cada vez más importante de la empresa privada, el texto constitucional reafirma que “la empresa estatal socialista continuará siendo el sujeto principal de la economía nacional, ya que es la esencia de nuestro sistema productivo, generadora de los principales renglones y bienes de consumo”. En este punto conviene señalar que es la esencia porque nadie ha dicho lo contrario, ni ha facilitado espacios para el desarrollo de la empresa privada. Sin embargo, la experiencia confirma que la empresa estatal no sirve para asegurar el nivel de consumo deseado por los cubanos, sino que es un instrumento de recaudación del estado, que se aprovecha del plusvalor creado por los trabajadores, como si se tratase del peor capitalista avaricioso. Pagando salarios muy bajos y manteniendo elevados niveles de subempleo, las empresas estatales no cuentan con independencia, autonomía y capacidad de gestión para tomar sus decisiones.

Ni siquiera el reconocimiento de “la cooperativa como una de las formas principales de propiedad” supone novedad con respecto a la situación anterior, por cuanto que estas entidades ya han venido funcionando durante décadas como correas de poder y control de la dirección comunista sobre los pequeños agricultores, apostando por un modelo que en nada se asemeja al de las poderosas cooperativas españolas o italianas, y negando, por ejemplo, la participación de la iglesia católica en la puesta en marcha de cooperativas, pese a su contrastada experiencia en este sector.

Me parece realmente lamentable lo que se dice en algunos comentarios con respecto a las personas sin trabajo, al hablar del trabajo como deber y como obligación. Este comentario sostiene que “en todo el país hay trabajo y, sin embargo, miles de personas son vagas y viven del esfuerzo de los demás y de la sociedad, fenómeno al que no escapan las cooperativas”, para mostrar su satisfacción por la nueva concepción del trabajo como “obligación”. Determinadas actitudes, opiniones y calificativos, como “vagos” no se corresponden con el “hombre nuevo del Che”, eso es más que evidente. Detrás de esto es evidente que existe una preocupación real por el eventual nivel de desempleo que existe en la isla, no reflejado por las estadísticas oficiales. Y por ello, se piensa que la constitución no ha tratado debidamente el asunto de “cómo va a proceder el Estado con las personas en edad laboral que no trabajan, que viven de los demás y constituyen un potencial delictivo”.

Otros comentarios al texto se han dirigido a constatar “la falta de correspondencia entre los precios y los salarios”, así como el bajo nivel de estos últimos, para los que “el Estado debe aplicar políticas reguladoras de precios a cumplir por comerciantes estatales y privados”. Una afirmación que contrasta con el daño estructural que las políticas de precios topados han causado a la sociedad cubana desde el inicio del proceso revolucionario.

Existe preocupación porque el bajo salario que se paga sobre todo en el ámbito estatal “está provocando un éxodo significativo de trabajadores estatales hacia el sector privado, que paga mejor”. Tal vez los críticos ante estos procesos deberían tratar de preguntarse por qué ocurre este fenómeno, antes de intentar eliminarlo. Quedarse sin maestros en las escuelas o no tener obreros cualificados en la construcción, no es un problema solamente de salarios, sino de saber orientar de forma clara las políticas de formación y cualificación. Una vez más, la planificación comunista que vuelve a fracasar.

Miedo producen los comentarios de los cederistas a los precios de las actividades privadas, a los que se califica como “anárquicos” en su comportamiento, sin tener en cuenta las dificultades que tienen los productores privados para acceder a los mercados. Y lejos de defender medidas liberalizadoras, que sería lo adecuado para poner fin a esta "anarquía", se inclinan por “más regulación por parte de la constitución y que en ésta se incluya un mecanismo para regular los precios”. Apaga y vamos.

Estas opiniones, de las que se hace eco Granma, son las que parecen estar surgiendo del análisis de los temas económicos en la nueva constitución, y pienso que si realmente es así, tal vez sería mejor aferrarse al texto que ya existe. Lo que yo les decía al principio de este post. Ir a lo seguro. Lo realmente sorprendente es que nadie, al menos en la información divulgada por Granma, haya planteado un modelo económico alternativo, basado en los derechos de propiedad privada, la empresa privada como eje del sistema y el mercado como instrumento de asignación de recursos. Si no surgen propuestas de este calado, me temo que los cubanos seguirán viviendo otros 60 años, o incluso muchos más, de graves penurias. La verdad es que en materia económica, en el siglo XXI y en medio de la globalización y los procesos disruptivos de la cuarta revolución industrial, “reafirmar el carácter socialista del sistema político, económico y social, y el papel rector del Partido Comunista de Cuba” suena a quijotadas contra molinos de viento. La economía no está para bromas.

Anexo

- ARTÍCULO 20. En la República de Cuba rige el sistema de economía basado en la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción, como forma de propiedad principal, y la dirección planificada de la economía, que considera y regula el mercado, en función de los intereses de la sociedad.
- ARTÍCULO 21, inciso b: Se reconoce entre las formas de propiedad la cooperativa: la sustentada en el trabajo colectivo de sus socios propietarios y en el ejercicio efectivo de los principios del cooperativismo.

- ARTÍCULO 26. La empresa estatal socialista es el sujeto principal de la economía nacional. Dispone de autonomía en la administración y gestión, así como desempeña el papel principal en la producción de bienes y servicios. La ley regula los principios de organización y funcionamiento de la empresa estatal socialista.

- ARTÍCULO 31. El trabajo es un valor primordial de nuestra sociedad. Constituye un deber, un derecho y un motivo de honor de todas las personas en condiciones de trabajar. Es, además, la fuente principal de ingresos que sustenta la realización de los proyectos individuales, colectivos y sociales. La distribución de la riqueza con arreglo al trabajo aportado, se complementa con la satisfacción equitativa de los servicios sociales universales y otros beneficios.

 

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