En torno a las medidas contra trabajadores por cuenta propia publicadas en la Gaceta de 31 de julio (II)
Elías Amor Bravo, economista
Las medidas anti trabajadores por cuenta propia, esta nueva ofensiva contrarrevolucionaria de 2017, curioso, 50 años después de la impulsada en 1967, buscan, en algunos casos, objetivos absurdos que podrían perfectamente ser obviados. Por ejemplo, qué sentido tiene “poner en práctica una
agrupación de actividades afines, con lo cual se busca reducir la
dispersión existente y perfeccionar el alcance de ellas”. El
ejemplo son los “servicios de belleza” que en la nueva modalidad
se integran siete actividades del trabajo por cuenta propia:
barbero, maquillista, masajista, manicura, peluquera, peluquera
peinadora de trenzas y peluquero tradicional. Actualmente, si las
personas quieren ejercer cualquiera de esas actividades, lógicamente
requieren autorización para cada una; con las modificaciones solo
necesitarán una. Lo realmente asombroso es que hasta ahora no se hubieran
percatado de los problemas que se derivan de este
tipo de autorizaciones a título individual que se corresponden con
una misma actividad económica.
Mas sorprendente es la idea que el trabajo por
cuenta propia respete “la legalidad y el ordenamiento”. En ese
sentido, “no se otorgarán autorizaciones en lugares donde sean
detectados hechos constitutivos de delitos”. Una vez más, regresa
la discrecionalidad castrista con respecto al concepto de “delito”, que es discrecional y cambiante con el paso del tiempo, en ámbitos
que en otras partes del mundo no tiene esa consideración, frente a
la actividad económica convencional. Aquí los derechos humanos se encuentran claramente conculcados.
Otras medidas quieren aumentar el control. Por ejemplo, el anuncio de la modificación de la
actividad “elaborador vendedor de alimentos y bebidas mediante
servicios gastronómicos en restaurantes”, y en su lugar, se
diseñan dos “servicio gastronómico en restaurante” y “servicio
de bar y recreación”, es un alarde de sobrecontrol de la actividad
emprendedora, no tiene otra finalidad que aumentar la vigilancia situando inspectores para cada una de estas dos actividades.
Las medidas permiten al titular de una actividad
por cuenta propia, que tenga trabajadores contratados, y necesite
ausentarse por enfermedad prolongada, de él o de familiares bajo su
responsabilidad, o por salida al exterior, la posibilidad de designar
a uno de los contratados para asumir el cumplimiento de sus deberes.
“Prerrogativas de tres meses” como a los trabajadores del sector
estatal. Los emprendedores que quieran viajar al exterior para
observar en otros países cómo se hacen las cosas, lo tienen
complicado porque se les raciona el tiempo.
Igualmente, se aumenta el control de las
actividades por cuenta propia desde el nivel municipal hasta el
nacional. Las administraciones locales “deberán realizar una
evaluación colectiva y la pertinente comprobación, previo a la
entrega de autorización en determinadas actividades, con el
propósito de evitar contaminación, afectaciones sanitarias,
problemas de convivencia y otros que pudieran afectar los intereses
colectivos y de la sociedad”. Una forma de frenar proyectos y
alargar en el tiempo su puesta en marcha echando las
responsabilidades a los gobiernos locales.
No deja de sorprender que a los trabajadores por
cuenta propia que ofrecen servicios de transporte en vehículos
automotores, serán sometidos a una modificación del Reglamento de
la Licencia de Operación de Transporte, restituyendo su alcance
municipal, provincial o nacional, así como la actualización de los
requisitos para su otorgamiento. Medidas anunciadas como “la
inspección técnica de los vehículos; el análisis de los
expedientes de los conductores previo a la autorización de la
actividad; y el ordenamiento de los servicios en sistemas de rutas,
piqueras, terminales o puntos de embarque” son cuestiones que, sin
duda alguna, van a causar protestas de los transportistas privados. Medidas de este calibre hacen imposible que uber o cabify operen en la economía castrista.
En particular, en La Habana, se “permitirá la
asociación de transportistas privados a las cooperativas de taxis
ruteros creadas y se iniciará un experimento que abarque la
totalidad de los vehículos, entre cuatro y catorce pasajeros, que
deseen operar en rutas de la capital del país”. Para incentivar
esta asociación, cuyos resultados no están claros, se concederán
beneficios como la compra del combustible a precios diferenciados; y
“según la disponibilidad de recursos del país, tendrán acceso al
mercado mayorista para la compra de herramientas, partes, piezas de
repuesto y accesorios al precio minorista menos un 20% de descuento”.
Detrás de esta reforma, las autoridades persiguen limitar los
precios, de modo que el precio de las rutas se establecerá por
tramos, que no superarán los 8 kilómetros, con un precio de 5 CUP. Y además, que los ruteros privados estén controlados por las cooperativas que mantienen una relación directa con los órganos de poder comunista. Cerrado el círculo de nuevo.
Las medidas anunciadas en la Gaceta también
incluyen aspectos tributarios, básicamente en lo relativo al
incumplimiento y la subdeclaración de ingresos. La actualización
asociada al reordenamiento del trabajo por cuenta propia, con la
unificación de un grupo de actividades y el reconocimiento de otras,
va a permitir al régimen establecer nuevas cuotas de tributación,
con un incremento seguro de cuotas mínimas. La presión fiscal sobre los emprendedores tendrá un carácter asimétrico, sin saber muy bien por qué.
Un ejemplo, el impuesto por la utilización de la fuerza de
trabajo aplicará el tipo impositivo mínimo del 5 %, pero al mismo
tiempo se eliminará la exención de pago por los cinco primeros
trabajadores. Además, en relación con el pago a los
trabajadores contratados la base mínima, relativa al salario medio
mensual de cada territorio, será progresiva, en función del número
de trabajadores contratados. Una medida que frenará la lógica de
todas las actividades emprendedoras a crecer y aumentar sus
dimensiones para alcanzar la escala eficiente de producción.
Las medidas pretenden “comenzar de forma gradual
en la implementación del sistema de cuentas bancarias fiscales. Está
previsto que contribuyentes de determinadas actividades, como los
arrendadores de vivienda, servicios constructivos y gastronómicos en
paladares y bares, así como para los transportistas, “van a tener
que abrir una cuenta bancaria con trascendencia fiscal, en la cual se
deben ir reflejando las operaciones de ingresos y gastos relacionadas
con la actividad que ejercen. Esta información estará disponible
para la Oficina Nacional de Administración Tributaria durante todo
el proceso de control y verificación de sus acciones a los efectos
del pago de los tributos correspondientes”.
Finalmente, un largo acápite de las medidas va
dirigido a establecer cuáles son las nuevas ocupaciones que no se
van a conceder hasta que “finalice el proceso de
perfeccionamiento”. Más discrecionalidad no puede existir.
Algunas de estas actividades, arrendador de
viviendas, habitaciones y espacios; cafetería de alimentos ligeros;
chapistero; contratista privado; elaborador vendedor de alimentos y
bebidas mediante servicio gastronómico en restaurantes (paladares);
y elaborador vendedor de alimentos y bebidas en punto de venta fijo
(cafetería) tienen un impacto directo sobre la población y sus
condiciones de vida.
Otras son igualmente importantes, como elaborador
vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas a domicilio; fregador
engrasador de equipos automotores; gestor de pasaje en piquera;
gestor de permutas y compraventa de viviendas; gestor de alojamiento
para viviendas o habitaciones que se arriendan; herrero; instructor
de prácticas deportivas; así como modista o sastre.
También se incluyen operador de equipos de
recreación; organizador de servicios integrales para fiesta de
quince, bodas y otras actividades; oxicortador; productor o vendedor
de calzado; productor o vendedor de artículos varios de uso en el
hogar; y profesor de taquigrafía, mecanografía e idiomas. Además,
profesor de música y otras artes; reparador de equipos eléctricos y
electrónicos; repasador; reparador de artículos de joyería;
bisutería; servicios de construcción, reparación y mantenimiento
de inmuebles; y programador de equipos de cómputo.
En total 37 ocupaciones que, al menos de momento, no serán autorizadas por el régimen. Una clara marcha atrás en el proceso de libertad económica y emprendimiento, que a los únicos que perjudica es a los cubanos.
El artículo de Granma termina con un tono
conciliador difícil de creer. Y cito textualmente, “nadie asuma que el fin de estas
medidas es dar marcha atrás al desarrollo del trabajo por cuenta
propia en Cuba. Nada más alejado de la realidad. Si bien de manera
general quienes se desempeñan en el sector no estatal cumplen las
disposiciones vigentes, todavía existen otros que violan las normas
establecidas y se pierden en los entresijos de la ilegalidad y el
desorden, y a estos últimos, en primer lugar, debe ponérseles freno
de inmediato”.
Y concluye señalando, “poner orden en casa
constituye pues máxima prioridad para el Estado cubano, de manera
tal que sistemáticamente se rectifique y consolide lo aprobado, en
un clima de confianza y legitimidad que nos atañe a todos”.
¿No sería mejor que el Estado cubano se pusiera
en orden primero y abandonase el modelo que ha dominado la economía
durante 58 hasta convertirla en un desierto? Que se lo hagan ver.
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