Pero, ¿se va a cobrar la electricidad en dólares, si o no?

Elías Amor Bravo, economista

La prensa estatal comunista ha reconocido públicamente que ha tenido que salir al paso tras la alarma creada en el país como consecuencia de diversas interpretaciones surgidas en torno a la Resolución 76 de 2025, del ministerio de energía y minas. Todas ellas giran en torno a un posible cobro en dólares de la factura del servicio eléctrico. En un país donde el cambio de la moneda nacional se cotiza a 1 dólar por 500 pesos, y donde cada vez hay que comprar más bienes de necesidad utilizando la moneda de Estados Unidos, la única con poder adquisitivo real, las informaciones en redes sociales sobre el pago de la electricidad en dólares han venido a confirmar que la sociedad cubana no sale de un susto para tener otro, lo que confirma el carácter terminal del régimen.

Ha sido Ramsés Montes Calzadilla, director de política y estrategia energética del Minem, quien ha tenido que declarar en Cubadebate que “no ha ocurrido ningún cambio en las tarifas eléctricas vigentes en el país”. Y añadir además que “el sistema de tarifas, tanto para el sector residencial como el no residencial, se mantiene en moneda nacional. Ni siquiera ha habido un incremento”, al tiempo que calificó las interpretaciones difundidas en redes como bulos interesados que “no se corresponden con el contenido real de la norma”.

¿Qué dijo exactamente el dirigente castrista a Cubadebate? Pues que, en esencia, la Resolución de marras que ha provocado el revuelo en Cuba, “no introduce un esquema nuevo, sino que actualiza, con una reducción significativa de precios, un mecanismo implementado desde 2021, vinculado a la contratación de energía solar fotovoltaica”.

¿Y esto que quiere decir en lenguaje de todos, y no en el críptico castrista de siempre? Pues que este “esquema” se diseñó, en su momento, solo para atender las necesidades eléctricas de grandes consumidores, como empresas estatales, mipymes y también a personas naturales, si bien, en este último caso, no para todo el mundo, sino para quienes acreditasen consumos elevados. De ahí que la electricidad debería tener su origen en la generación de energía renovable, y esto se podría realizar “mediante la contratación de una determinada potencia instalada en parques solares del Sistema Eléctrico Nacional”.

El régimen castrista siempre inventando cosas, esta vez, en un ámbito especialmente sensible como es el servicio eléctrico, por medio de una especie de “instalación virtual”. En definitiva, el cliente no coloca paneles en su dirección física, sino que financia su equivalente en otra instalación y “recibe a cambio un descuento mensual en su consumo eléctrico”.

Y aquí viene lo segundo, ¿de qué forma funciona la contratación?

Otro mecanismo de injusticia. Pues bien, por cada kilowatt (kW) contratado, el consumidor recibe mensualmente un descuento de 125 kWh en su factura, durante el período acordado, que puede oscilar entre 2 y 20 años, con el objetivo de reproducir el comportamiento de un panel real, pero sin necesidad de instalarlo físicamente. Este sistema parece que ha funcionado en entidades con limitaciones de espacio, como hoteles o grandes instalaciones urbanas, que, siendo grandes consumidores consumidores, no tienen espacio para instalar la infraestructura propia de generación solar.

Y entonces, todo este lío ¿Qué tiene que ver con la Resolución 76 publicada recientemente que, al parecer, es la que ha provocado la expectación en redes sociales? El dirigente castrista dijo que “radica en la rebaja de los precios de contratación, en correspondencia con la disminución internacional de los costos de la tecnología fotovoltaica”, de modo que el precio más alto, correspondiente a contratos a 20 años, pasó de 1.500 dólares por kW en 2021 a 600 dólares en la actualidad, lo que representa una reducción superior al 50%.

Es decir, el sistema beneficia a unos respecto de otros. Y por tanto, solo aquellos que puedan pagar la contratación, que además no se establece en función de los costes internos, sino de los internacionales. A estos grandes consumidores sin espacio para colocar los paneles, lo que parece bastante extraño, el ejemplo del hotel es curioso, se les permite pagar menos por la electricidad con la justificación de que son incentivos para la inversión en energías renovables y facilitar el cumplimiento de las metas nacionales en este ámbito. Pero ¿no hemos quedado que la instalación no la tienen los usuarios en su sede? ¿Quién invierte, dónde y para qué? Si. Tiren del hilo y verán que siempre está al final del proceso económico el mismo de siempre: el estado comunista que busca divisas de donde sea, y como sea.

Menudo negocio se ha organizado el régimen con este sistema, facilitando a las entidades (que por su importancia, grandes consumidores) deberán ser “amigos” del poder, ahorros significativos en su factura eléctrica, en algunos casos de hasta un 50% previa realización de la contratación, que como ya se vio no la puede pagar cualquiera. Dirán lo que les de la gana, como que “la energía contratada, aunque se paga anticipadamente, resulta más económica que la adquirida a través de la tarifa convencional” o que “las empresas reciben un certificado que acredita el uso de energía limpia, lo cual añade valor a sus producciones y servicios, en un contexto donde la sostenibilidad gana cada vez más peso”, la cuestión es que, al final, hay alguien que saca beneficio de todo esto, y no es otro que el estado castrista.

Ante la lógica alarma social, el dirigente castrista aclaró a Cubadebate que “el mecanismo también está disponible para personas naturales, aunque su conveniencia depende del nivel de consumo”, es decir, que las familias están excluidas de este negocio, porque “en el sector residencial, donde la tarifa es escalonada y altamente subsidiada en los niveles bajos, solo los altos consumidores obtienen beneficios económicos claros”. Es decir, todo este invento va dirigido a quienes superan los 500 kWh mensuales, y enfrenten tarifas que pueden alcanzar entre 15 y 25 pesos por kWh. En casos como esos, la contratación de energía fotovoltaica puede representar un ahorro considerable, pero este sistema no es obligatorio ni generalizado, sino una opción adicional para quienes decidan acogerse a él. Ustedes ya saben de qué estamos hablando.

Y aclaró finalmente que “no es algo que vaya a afectar a toda la población ni a todas las empresas. Es una posibilidad para quien la considere conveniente” para cerrar su intervención yendo al origen de la alarma social que intentaba parar, “la contratación se realiza en divisas debido a que los componentes tecnológicos necesarios para la generación solar deben ser importados”. Y surge de forma inmediata la pregunta, ¿a dónde van los paneles solares regalados por los chinos? ¿en qué se está basando la transición a renovables que, al parecer, no cuesta ni un centavo allí donde se están realizando actuaciones? ¿por qué unos pagan y otros no?

El aumento de la participación de fuentes renovables en la matriz energética debería haberse acometido como estrategia desde hace décadas. No haberlo hecho en su momento y destinar inversiones a otras aventuras, ya no interesa a nadie, pero de ahí concluir que “muchas entidades se sienten comprometidas con este proceso, porque saben que están aportando a la solución del problema energético nacional” es falso. La Resolución 76 de 2025, origen de todo este lío, no introduce cargas adicionales para la población es cierto, pero deja fuera de sus mecanismos de ahorro a la mayor parte de la sociedad. Por otro lado, refuerza y actualiza la herramienta ya existente para aquellos privilegiados que se pueden beneficiar del marco de actuación y que tienen dinero para la instalación. Los demás, como siempre, mirando desde el muro. Con esa resolución, hay alguien que se lucra al final del proceso y pagan unos lo que otros no. Y eso es injusticia social, llámese como quiera.

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