Las medidas de Díaz Canel: el sector agropecuario (II)

Elías Amor Bravo, economista

El Eje 7 contempla el conjunto de medidas con las que el régimen quiere incentivar la recuperación agrícola. Para empezar, se han olvidado en el enunciado del sector pecuario o de la silvicultura, lo que ofrece da una idea de la relevancia que se otorga al mismo.

En total, este eje está formado por 4 medidas que admiten cierto grado de desglose y que se irán analizando a continuación.

Lo primero que conviene tener presente con respecto a estas medidas transformadoras, es que dejan inalterado el diseño constitucional de 2019 y, por tanto, difícilmente van a conseguir aumentar la producción del sector. El régimen castrista sigue sin identificar el potencial que tiene el sector agropecuario como motor de la economía (ya lo tuvo antes de 1959) y lo necesario que resulta para alimentar todos los días a la población. Y en vez de dirigir los esfuerzos a reactivar el sector, se entretiene jugando con unos supuestos “derechos reales de usufructo” que ni son derechos, ni reales, ni nada.

De hecho, se puede calificar de fraude la medida número 54 que propone nada más y nada menos que “Modificar la gestión y uso de la tierra a todos los actores económicos:

*Mantener el principio de la propiedad de la tierra de todo el pueblo.

*Otorgar el derecho real de usufructo sobre la tierra, a las personas jurídicas estatales, privadas, mixtas o naturales que lo soliciten, por tiempo indeterminado y la cantidad de áreas según proyecto presentado, para todas las producciones agropecuarias, forestales y tabacaleras, así como para proyectos de desarrollo de eco y agroturismo.

*Facultar a la empresa estatal que administra la tierra propiedad socialista de todo el pueblo que la entregue en usufructo a los solicitantes mediante el correspondiente contrato, cumpliendo las normas legales vigentes.

*Facultar la entrega de tierras en usufructo a las Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA), una vez aprobado por la Asamblea General de la cooperativa y cumpliendo las normas legales vigentes.

*Eliminar los requisitos de trabajo directo y estable en la tierra por parte de los usufructuarios.

*Evaluar la definición de colectivos laborales y proponer las transformaciones estructurales necesarias”.

Una medida que no va a cambiar nada, a la vez que deja claro que la propiedad privada de la tierra nunca volverá a existir en la Isla si al frente del gobierno sigue el régimen comunista. La constitución de 2019 lo deja claro, pero por si alguien pudiera tener alguna duda, esta medida, con su correspondiente desglose, establece con la máxima claridad cuáles son los límites para la gestión y la explotación de la tierra en Cuba. Que nadie se llame a engaño.

Estos límites vienen definidos por una fórmula concreta, “la gestión y uso de la tierra a todos los actores económicos”. Gestión y uso de un activo cedido por otro actor económico que conserva la titularidad del derecho de propiedad sobre ese activo. Entre el derecho de propiedad y el derecho de usufructo, el sector agropecuario cubano no consigue superar una grave crisis estructural.

La relación estado-productor no sólo es asimétrica en términos de poder, sino que explica la falta de motivación de los productores agropecuarios para considerar como propio el fruto del trabajo, lo que incide en los bajos niveles de productividad agropecuaria en Cuba y la incapacidad del sector para alimentar la población.

Esta medida 54 establece, en su desglose, que se mantiene el “principio de la propiedad de la tierra de todo el pueblo”, que es la argucia utilizada por los comunistas para apropiarse del factor de producción tierra y cederla en arrendamiento; más de lo mismo que ha habido en el campo cubano desde los llamados “lineamientos”, y que tiene poco o nada que ver con una atribución real de la propiedad de la tierra a los productores.

Por el contrario, sigue siendo el estado comunista, el que, por medio de un encargo ficticio recibido del pueblo, controla y dirige la explotación de unas tierras que, simplemente por definición, hace suyas. Ese fue el espíritu de las leyes confiscatorias de reforma agraria que sirvieron para hundir un sector próspero, capaz de alimentar a toda la población y exportar excedentes. El pésimo estado del agro cubano es consecuencia directa de las políticas de la llamada revolución. No hay sector de la economía en el que mejor se verifique esta relación y que no reclame de forma nítida el retorno a la estructura de derechos de propiedad anterior a 1959.

Por eso, estableciendo que la tierra sigue siendo de titularidad estatal, en esa mezcla de interés de estado y pueblo de la jerga comunista, ahora la medida 54 plantea seguir en la misma línea introducida por Raúl Castro con los lineamientos, que consiste en “otorgar el derecho real de usufructo sobre la tierra, a las personas jurídicas estatales, privadas, mixtas o naturales que lo soliciten”.

En esta ocasión, hay novedades ya que esa entrega de tierras se realizará “por tiempo indeterminado y la cantidad de áreas según proyecto presentado, para todas las producciones agropecuarias, forestales y tabacaleras, así como para proyectos de desarrollo de eco y agroturismo”. Pero el problema radica en que la facultad para entregar, y retirar tierras, sigue estando en manos del estado y del partido. En esta relación, la libertad de los productores y sus incentivos se encuentran secuestrados por el poder político comunista.

El régimen quiere ahora mismo, entregar toda la tierra que aún mantiene bajo su titularidad, a cualquier actor económico, y no sólo a los campesinos TCP o las cooperativas, que van por su propio camino. Quizás habría que valorar lo que puede significar la entrada de las empresas privadas en el sector agropecuario, sobre todo si llevan capital extranjero, pero aún es pronto, y en este ámbito no conviene formular cábalas. En el sector agropecuario, la experiencia es un atributo fundamental para el éxito de las explotaciones. Los saltos en el vacío pueden acabar siendo un desastre.

La idea de desprenderse de la tierra que sigue estando en manos del estado, supone, incluso, que se faculta a la empresa estatal que administra la tierra propiedad socialista de todo el pueblo que entregue la tierra en usufructo a los solicitantes mediante el correspondiente contrato, cumpliendo las normas legales vigentes. Y por la misma, se autoriza la entrega de tierras en usufructo a las Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA), una vez aprobado por la Asamblea General de la cooperativa y cumpliendo las normas legales vigentes. Estas dos autorizaciones se hacen coincidir con la eliminación de los requisitos de trabajo directo y estable en la tierra por parte de los usufructuarios, al tiempo que se anuncia una evaluación de la definición de colectivos laborales y proponer las transformaciones estructurales necesarias.

La medida número 55 “Transformar el modelo de gestión de las cooperativas” se concreta en una serie de autorizaciones, como, por ejemplo, el “permiso para importar y comercializar combustibles como insumo”, un autorizo que puede ayudar a las cooperativas a proveerse de la energía que necesitan para sus equipamientos y/o instalaciones, al margen de las precariedades de entidades estatales como CUPET que se dedican a esta tarea. 

Asimismo, la medida otorga “facultades a las cooperativas de realizar comercio exterior de forma directa, para las exportaciones de sus productos y las importaciones de insumos y tecnologías agropecuarias”, es decir, que se suprime la figura del intermediario estatal que debía participar en todas estas operaciones, lo que puede suponer, a corto plazo, a algunas cooperativas tener que diseñar departamentos que se encarguen de estas tareas, o en el peor de los casos, dejar de exportar e importar.

En esa misma línea de apertura de las cooperativas al sector exterior, se “permite a las cooperativas a gestionar directamente financiamientos externos para producciones exportables, que sustituyan importaciones y para inversiones”. Es decir, la financiación que se pueda obtener queda en la caja de la cooperativa si se destina a esos acápites establecidos por la medida. No supone libertad en la disposición de fondos en divisas, a pesar de que la medida “permite que las cooperativas abran cuentas bancarias en el exterior y en bancos cubanos, tanto en pesos como en divisas”.

La medida número 56 también establece una serie de actuaciones para “flexibilizar la comercialización agropecuaria y reconocer el papel del mercado en la formación de precios.

Pero que nadie celebre nada, se trata de un reconocimiento, más formal que operativo, ya que parte de un “proceso de descentralización y autorización de la formación de precios de los productos agropecuarios, a las entidades del sistema empresarial estatal y no estatal, las cooperativas y productores”.

Es decir, lo que hasta ahora venía determinado por medio de decisiones jerárquicas se traslada al ámbito de las relaciones económicas y comerciales entre los agentes que participan en la distribución y producción. ¿Existen garantías suficientes de que este proceso tiene la representatividad necesaria para que no aparezcan sesgos en la formación de precios en beneficio de unos y detrimento de otros?

Dentro de la medida 56, se establece que “la contratación y concertación de precios de los productos agropecuarios serán acordados entre el productor y el comprador”, lo que viene siendo un complemento del punto anterior. Se debería tener garantías de que esos precios acordados no sean intervenidos y manipulados por el gobierno. La experiencia de precios topados y controlados ha sido nefasta para el sector agropecuario, pero hay riesgos de que los precios se disparen si la oferta no aumenta a corto plazo. El libre funcionamiento de oferta y demanda se encuentra ante una carrera de obstáculos que no parece que vayan a ser removidos con estas medidas.

También se anuncia dentro de esta medida 56, la “homologación del régimen impositivo de todos los actores económicos, que produzcan, transformen y comercialicen alimentos” y la “creación del Sistema Nacional de Información de Precios de los mercados de los productos agropecuarios, con publicaciones de los precios de referencia, en plataformas digitales”. La primera de naturaleza fiscal y tributaria especialmente dirigida al sector de la distribución de alimentos y la segunda en esa apuesta por la digitalización que, en el campo cubano, posiblemente no tenga el desarrollo adecuado.

La medida número 56 plantea “Diseñar incentivos para que todos los actores económicos comercialicen insumos agropecuarios en divisas y en pesos y tengan acceso al mercado cambiario” que se puede entender como una nueva intervención directa del gobierno en la economía y se pretende conseguir por medio de distintas vías. ¿Por qué se tienen que crear esos incentivos que no hacen otra cosa que aumentar los gastos de un presupuesto que se pretende ajustar? ¿No es acaso entrar en contradicción?

Como siempre, hay que identificar qué intereses tiene el régimen comunista en este tipo de medidas. En primer lugar, el régimen quiere convertir el sector agropecuario en un instrumento de captación de divisas y para ello rige esta autorización a todos los actores económicos de la comercialización directa de insumos y equipos agropecuarios en divisas y en pesos.

Una medida que viene a confirmar que a pesar de que estas medidas llevan más de 20 años implantadas en Cuba, todavía hay actores económicos al margen de estas opciones. Estos actores de la comercialización, que no son otra cosa que los intermediarios, siguen sin tener un marco adecuado para el ejercicio de sus actividades. Su incorporación a la generación de divisas puede suponer una fuente adicional para las arcas del régimen, hasta ahora no explorada.

De igual modo, se pretende fomentar la creación de mercados de insumos en divisas, donde participan personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras, mediante un proceso simplificado. La cuestión es que estos mercados pueden acabar creando notables desigualdades en función del acceso que tengan los productores a las divisas con las que se realicen las transacciones. Se considera que esta medida es errónea y que se debería extender a las transacciones en pesos cubanos, en un intento por reforzar el papel del peso en un sector clave de la economía.

De la misma forma que se aprobó un sistema impositivo especial para los distribuidores, la medida 56 “aprueba un régimen impositivo especial para todos los actores económicos que participen en el mercado de insumos, con incentivos y bonificaciones para la importación y comercialización de insumos en divisas”. De nuevo, este tipo de medidas puede acabar creando desigualdades entre los productores en función del acceso a divisas.

Es lo mismo que la propuesta de “crear los procedimientos bancarios que garanticen la ejecución de las transacciones en divisas de la venta de insumos a los productores y el pago a los proveedores en el exterior, mediante la utilización de POS para el pago por tarjeta magnética, transferencia, pago en efectivo, comercio electrónico y otros instrumentos de pago autorizados”. 

Por último, la medida número 57 propone “Incrementar el financiamiento al sector productivo primario mediante la ampliación y descentralización territorial del Fondo de Fomento Agrícola, y la creación de un Banco para el Fomento Agrícola, a la vez que descentraliza a los municipios la utilización del Fondo de Fomento Agrícola, ajustado a las características del territorio, previa presentación de los proyectos que tributen a las Estrategias de Desarrollo, vinculado a la producción de alimentos”.

Este es el programa de transformaciones agropecuarias. En solo 4 medidas, más de 30 autorizaciones y facultades del estado, lo cual indica quién retiene el poder económico y lo utiliza para lograr sus fines políticos. No es posible promover el desarrollo de un sector con estas limitaciones. Ha habido 67 años de experiencia para certificarlo. El cambio que se requiere en el agro cubano es mucho mayor que es planteado en estas medidas.

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