Las medidas de Díaz Canel: el sector agropecuario (II)
Elías Amor Bravo, economista
El Eje 7 contempla el conjunto de
medidas con las que el régimen quiere incentivar la recuperación agrícola. Para
empezar, se han olvidado en el enunciado del sector pecuario o de la
silvicultura, lo que ofrece da una idea de la relevancia que se otorga al
mismo.
En total, este eje está formado por
4 medidas que admiten cierto grado de desglose y que se irán analizando a
continuación.
Lo primero que conviene tener
presente con respecto a estas medidas transformadoras, es que dejan inalterado
el diseño constitucional de 2019 y, por tanto, difícilmente van a conseguir aumentar
la producción del sector. El régimen castrista sigue sin identificar el
potencial que tiene el sector agropecuario como motor de la economía (ya lo
tuvo antes de 1959) y lo necesario que resulta para alimentar todos los días a la población. Y
en vez de dirigir los esfuerzos a reactivar el sector, se entretiene jugando
con unos supuestos “derechos reales de usufructo” que ni son derechos, ni
reales, ni nada.
De hecho, se puede calificar de
fraude la medida número 54 que propone nada más y nada menos que “Modificar
la gestión y uso de la tierra a todos los actores económicos:
*Mantener el principio de la
propiedad de la tierra de todo el pueblo.
*Otorgar el derecho real de
usufructo sobre la tierra, a las personas jurídicas estatales, privadas, mixtas
o naturales que lo soliciten, por tiempo indeterminado y la cantidad de áreas
según proyecto presentado, para todas las producciones agropecuarias,
forestales y tabacaleras, así como para proyectos de desarrollo de eco y
agroturismo.
*Facultar a la empresa estatal que
administra la tierra propiedad socialista de todo el pueblo que la entregue en
usufructo a los solicitantes mediante el correspondiente contrato, cumpliendo
las normas legales vigentes.
*Facultar la entrega de tierras en
usufructo a las Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA), una vez aprobado
por la Asamblea General de la cooperativa y cumpliendo las normas legales
vigentes.
*Eliminar los requisitos de trabajo
directo y estable en la tierra por parte de los usufructuarios.
*Evaluar la definición de
colectivos laborales y proponer las transformaciones estructurales necesarias”.
Una medida que no va a cambiar nada, a la
vez que deja claro que la propiedad privada de la tierra
nunca volverá a existir en la Isla si al frente del gobierno sigue el régimen
comunista. La constitución de 2019 lo deja claro, pero por si alguien pudiera
tener alguna duda, esta medida, con su correspondiente desglose, establece con la máxima claridad cuáles son los límites para la gestión y la explotación de la tierra en Cuba. Que nadie se llame a engaño.
Estos límites vienen definidos por
una fórmula concreta, “la gestión y uso de la tierra a todos los actores
económicos”. Gestión y uso de un activo cedido por otro actor económico que conserva
la titularidad del derecho de propiedad sobre ese activo. Entre el derecho de
propiedad y el derecho de usufructo, el sector agropecuario cubano no consigue superar una grave crisis estructural.
La relación estado-productor no sólo
es asimétrica en términos de poder, sino que explica la falta de motivación de
los productores agropecuarios para considerar como propio el fruto del trabajo,
lo que incide en los bajos niveles de productividad agropecuaria en Cuba y la
incapacidad del sector para alimentar la población.
Esta medida 54 establece, en
su desglose, que se mantiene el “principio de la propiedad de la tierra de todo
el pueblo”, que es la argucia utilizada por los comunistas para apropiarse del
factor de producción tierra y cederla en arrendamiento; más de lo mismo que ha habido en el campo cubano
desde los llamados “lineamientos”, y que tiene poco o nada que ver con una
atribución real de la propiedad de la tierra a los productores.
Por el contrario, sigue siendo el
estado comunista, el que, por medio de un encargo ficticio recibido del pueblo,
controla y dirige la explotación de unas tierras que, simplemente por
definición, hace suyas. Ese fue el espíritu de las leyes confiscatorias de
reforma agraria que sirvieron para hundir un sector próspero, capaz de
alimentar a toda la población y exportar excedentes. El pésimo estado del agro
cubano es consecuencia directa de las políticas de la llamada revolución. No
hay sector de la economía en el que mejor se verifique esta relación y que no
reclame de forma nítida el retorno a la estructura de derechos de propiedad
anterior a 1959.
Por eso, estableciendo que la
tierra sigue siendo de titularidad estatal, en esa mezcla de interés de estado
y pueblo de la jerga comunista, ahora la medida 54 plantea seguir en la
misma línea introducida por Raúl Castro con los lineamientos, que consiste en
“otorgar el derecho real de usufructo sobre la tierra, a las personas jurídicas
estatales, privadas, mixtas o naturales que lo soliciten”.
En esta ocasión, hay novedades ya
que esa entrega de tierras se realizará “por tiempo indeterminado y la cantidad
de áreas según proyecto presentado, para todas las producciones agropecuarias,
forestales y tabacaleras, así como para proyectos de desarrollo de eco y
agroturismo”. Pero el problema radica en que la facultad para entregar, y
retirar tierras, sigue estando en manos del estado y del partido. En esta
relación, la libertad de los productores y sus incentivos se encuentran secuestrados por el poder político comunista.
El régimen quiere ahora mismo,
entregar toda la tierra que aún mantiene bajo su titularidad, a cualquier actor
económico, y no sólo a los campesinos TCP o las cooperativas, que van por su
propio camino. Quizás habría que valorar lo que puede significar la entrada de
las empresas privadas en el sector agropecuario, sobre todo si llevan capital
extranjero, pero aún es pronto, y en este ámbito no conviene formular cábalas. En
el sector agropecuario, la experiencia es un atributo fundamental para el éxito
de las explotaciones. Los saltos en el vacío pueden acabar siendo un desastre.
La idea de desprenderse de la
tierra que sigue estando en manos del estado, supone, incluso, que se faculta a
la empresa estatal que administra la tierra propiedad socialista de todo el
pueblo que entregue la tierra en usufructo a los solicitantes mediante el
correspondiente contrato, cumpliendo las normas legales vigentes. Y por la
misma, se autoriza la entrega de tierras en usufructo a las Cooperativas de
Producción Agropecuaria (CPA), una vez aprobado por la Asamblea General de la
cooperativa y cumpliendo las normas legales vigentes. Estas dos autorizaciones
se hacen coincidir con la eliminación de los requisitos de trabajo directo y
estable en la tierra por parte de los usufructuarios, al tiempo que se anuncia
una evaluación de la definición de colectivos laborales y proponer las
transformaciones estructurales necesarias.
La medida número 55
“Transformar el modelo de gestión de las cooperativas” se concreta en una serie
de autorizaciones, como, por ejemplo, el “permiso para importar y comercializar
combustibles como insumo”, un autorizo que puede ayudar a las cooperativas a
proveerse de la energía que necesitan para sus equipamientos y/o instalaciones,
al margen de las precariedades de entidades estatales como CUPET que se dedican
a esta tarea.
Asimismo, la medida otorga “facultades
a las cooperativas de realizar comercio exterior de forma directa, para las
exportaciones de sus productos y las importaciones de insumos y tecnologías
agropecuarias”, es decir, que se suprime la figura del intermediario estatal
que debía participar en todas estas operaciones, lo que puede suponer, a corto
plazo, a algunas cooperativas tener que diseñar departamentos que se encarguen
de estas tareas, o en el peor de los casos, dejar de exportar e importar.
En esa misma línea de apertura de
las cooperativas al sector exterior, se “permite a las cooperativas a gestionar
directamente financiamientos externos para producciones exportables, que
sustituyan importaciones y para inversiones”. Es decir, la financiación que se
pueda obtener queda en la caja de la cooperativa si se destina a esos acápites
establecidos por la medida. No supone libertad en la disposición de fondos en
divisas, a pesar de que la medida “permite que las cooperativas abran cuentas
bancarias en el exterior y en bancos cubanos, tanto en pesos como en divisas”.
La medida número 56 también
establece una serie de actuaciones para “flexibilizar la comercialización
agropecuaria y reconocer el papel del mercado en la formación de precios.
Pero que nadie celebre nada, se
trata de un reconocimiento, más formal que operativo, ya que parte de un
“proceso de descentralización y autorización de la formación de precios de los
productos agropecuarios, a las entidades del sistema empresarial estatal y no
estatal, las cooperativas y productores”.
Es decir, lo que hasta ahora venía
determinado por medio de decisiones jerárquicas se traslada al ámbito de las
relaciones económicas y comerciales entre los agentes que participan en la
distribución y producción. ¿Existen garantías suficientes de que este proceso
tiene la representatividad necesaria para que no aparezcan sesgos en la
formación de precios en beneficio de unos y detrimento de otros?
Dentro de la medida 56, se
establece que “la contratación y concertación de precios de los productos
agropecuarios serán acordados entre el productor y el comprador”, lo que viene
siendo un complemento del punto anterior. Se debería tener garantías de que
esos precios acordados no sean intervenidos y manipulados por el gobierno. La
experiencia de precios topados y controlados ha sido nefasta para el sector
agropecuario, pero hay riesgos de que los precios se disparen si la oferta no
aumenta a corto plazo. El libre funcionamiento de oferta y demanda se encuentra
ante una carrera de obstáculos que no parece que vayan a ser removidos con
estas medidas.
También se anuncia dentro de esta medida
56, la “homologación del régimen impositivo de todos los actores
económicos, que produzcan, transformen y comercialicen alimentos” y la
“creación del Sistema Nacional de Información de Precios de los mercados de los
productos agropecuarios, con publicaciones de los precios de referencia, en
plataformas digitales”. La primera de naturaleza fiscal y tributaria
especialmente dirigida al sector de la distribución de alimentos y la segunda
en esa apuesta por la digitalización que, en el campo cubano, posiblemente no
tenga el desarrollo adecuado.
La medida número 56 plantea “Diseñar
incentivos para que todos los actores económicos comercialicen insumos
agropecuarios en divisas y en pesos y tengan acceso al mercado cambiario” que
se puede entender como una nueva intervención directa del gobierno en la
economía y se pretende conseguir por medio de distintas vías. ¿Por qué se
tienen que crear esos incentivos que no hacen otra cosa que aumentar los gastos
de un presupuesto que se pretende ajustar? ¿No es acaso entrar en contradicción?
Como siempre, hay que identificar
qué intereses tiene el régimen comunista en este tipo de medidas. En primer
lugar, el régimen quiere convertir el sector agropecuario en un instrumento
de captación de divisas y para ello rige esta autorización a todos los
actores económicos de la comercialización directa de insumos y equipos
agropecuarios en divisas y en pesos.
Una medida que viene a confirmar
que a pesar de que estas medidas llevan más de 20 años implantadas en Cuba,
todavía hay actores económicos al margen de estas opciones. Estos actores de la
comercialización, que no son otra cosa que los intermediarios, siguen sin tener
un marco adecuado para el ejercicio de sus actividades. Su incorporación a la
generación de divisas puede suponer una fuente adicional para las arcas del
régimen, hasta ahora no explorada.
De igual modo, se pretende fomentar
la creación de mercados de insumos en divisas, donde participan personas
naturales y jurídicas nacionales y extranjeras, mediante un proceso
simplificado. La cuestión es que estos mercados pueden acabar creando notables
desigualdades en función del acceso que tengan los productores a las divisas
con las que se realicen las transacciones. Se considera que esta medida es
errónea y que se debería extender a las transacciones en pesos cubanos, en un
intento por reforzar el papel del peso en un sector clave de la economía.
De la misma forma que se aprobó un
sistema impositivo especial para los distribuidores, la medida 56 “aprueba
un régimen impositivo especial para todos los actores económicos que participen
en el mercado de insumos, con incentivos y bonificaciones para la importación y
comercialización de insumos en divisas”. De nuevo, este tipo de medidas puede
acabar creando desigualdades entre los productores en función del acceso a
divisas.
Es lo mismo que la propuesta de
“crear los procedimientos bancarios que garanticen la ejecución de las
transacciones en divisas de la venta de insumos a los productores y el pago a
los proveedores en el exterior, mediante la utilización de POS para el pago por
tarjeta magnética, transferencia, pago en efectivo, comercio electrónico y
otros instrumentos de pago autorizados”.
Por último, la medida número 57
propone “Incrementar el financiamiento al sector productivo primario mediante
la ampliación y descentralización territorial del Fondo de Fomento Agrícola, y
la creación de un Banco para el Fomento Agrícola, a la vez que descentraliza a
los municipios la utilización del Fondo de Fomento Agrícola, ajustado a las
características del territorio, previa presentación de los proyectos que
tributen a las Estrategias de Desarrollo, vinculado a la producción de
alimentos”.
Este es el programa de transformaciones agropecuarias. En solo 4 medidas, más de 30 autorizaciones y facultades del estado, lo cual indica quién retiene el poder económico y lo utiliza para lograr sus fines políticos. No es posible promover el desarrollo de un sector con estas limitaciones. Ha habido 67 años de experiencia para certificarlo. El cambio que se requiere en el agro cubano es mucho mayor que es planteado en estas medidas.
Comentarios
Publicar un comentario