Las medidas de Díaz Canel: relaciones de propiedad, plan y sector presupuestado (III)
Elías Amor Bravo, economista
Tres ejes de las medidas tienen una importancia destacada, por cuanto afectan a las relaciones de propiedad, la planificación y el sector presupuestado, elementos consustanciales al modelo comunista que rige la economía cubana desde 1959.
El Eje 2 presta atención al marco de
relaciones de propiedad con la medida número 31 que se encarga de
dejar muy claro que “se ratifica la propiedad social sobre los medios
fundamentales de producción y avanzar en la gestión no estatal sobre estos
medios".
Un postulado que ya se pudo constatar en el
caso de la tierra en el sector agropecuario y que ahora se extiende en su aplicación
a todos los sectores de la economía. Lo que se denomina propiedad social de los
medios de producción es la argucia del estado comunista para evitar la
propiedad privada en Cuba, un principio básico en la constitución de 2019 que
no se ve alterado.
Los medios de producción son de titularidad
estatal y lo único que el régimen permite a los actores económicos es gestión,
tanto si es estatal como no estatal. En particular, es tan feroz la hostilidad hacia la actividad
privada, que ni siquiera se reconoce la gestión privada de los medios fundamentales
de producción.
De modo que, dado que este principio ha formado parte de la historia económica del régimen cubano en los últimos 67 años, no cabe esperar gran cosa de su ratificación. Más bien, todo lo contrario, proseguirá la parálisis productiva y la crisis estructural. Cualquier avance en la gestión no estatal de los medios de producción significa aceptar el papel central y de dominio que tiene el estado en la economía cubana, fuente de improductividad y de falta de estímulos para el progreso. Más de lo mismo, con el agravante de que ya se conocen los efectos de esta posición.
Visto en esta perspectiva, y si el
estado solo autoriza y faculta para la gestión no estatal de los medios
fundamentales de producción, cabe preguntarse qué sentido tiene la medida
número 32 que permite la compra de acciones y propiedades de empresas
estatales por parte de personas jurídicas estatales y no estatales, nacionales
y extranjeras, así como naturales, siempre que se demuestre el origen lícito de
los fondos. Asimismo, se permite la venta de propiedades estatales a personas
jurídicas y naturales nacionales y extranjeras, incluyendo a cubanos residentes
en el exterior, siempre que se demuestre el origen lícito de los fondos.
Con relación a esta medida, antes de
imaginar un escenario improbable de privatizaciones empresariales masivas, conviene
tener en cuenta que para que esta autorización entre en funcionamiento y se pueda
aplicar, es necesario que estas empresas establezcan su composición accionarial
o por títulos de participación, lo que, en ciertas condiciones, no suele ser
fácil.
Pensemos en varios ejemplos. Una
empresa estatal en pérdidas estructurales por mucho que ofrezca venta de acciones
a precios competitivos difícilmente encontrará compradores que quieran perder dinero.
Una mipyme que alcance los 100 trabajadores (nuevo techo de empleo) no
conseguirá compradores para sus títulos porque el tamaño reducido atrae poco a
los inversores. Tampoco parece que esté en los planes del régimen autorizar a
los inversores “killer” que compran empresas, las sanean y reducen a la mínima
expresión y las venden después como activos o cualquier otra utilidad.
¿Qué sentido tiene realmente esta
medida que aspira a una compraventa de empresas sin conocer los fundamentales
de las mismas? Tal vez ¿malvender el patrimonio empresarial para la creación de
grupos de poder privados vinculados al régimen? ¿Quizás una privatización
asimétrica del capital empresarial? ¿Una presencia del régimen en todo el
proceso, autorizando y facultando las operaciones de compraventa? Habrá que estar
muy atentos a los acontecimientos que pueden venir relacionados con esta medida.
La medida número 33 establece
el cauce para atraer el capital cubano en el exterior. “Se promueve la creación de un programa de inversión
que incentive la participación en empresas cubanas de cubanos residentes en el
país y en el exterior; además de reconocer el crecimiento legítimo del
patrimonio financiero y material de las personas jurídicas y naturales y
garantizar la protección de los derechos laborales y sociales sin permitir una
explotación indiscriminada del hombre por el hombre”.
Sobre la captación de capital cubano
del exterior para la economía se necesita más que enunciados genéricos para
hacer viable este objetivo e incluso, modificar la Ley de 2014 que regula las
inversiones extranjeras. Cada uno hace con su dinero lo que estima conveniente,
pero existen motivaciones éticas que impiden apostar por el régimen que sigue
sin pedir perdón después de haber destruido relaciones económicas y familiares
durante 67 años. La inversión de la diáspora en la economía no sólo es necesaria,
sino que tendrá lugar cuando se den las condiciones para ello. Actualmente, no
se dan.
Vale la pena detenerse también en este
punto relacionado con el “reconocimiento del crecimiento legítimo del
patrimonio financiero y material de las personas jurídicas y naturales”, enunciado
que, si se traslada a los fundamentos económicos de la constitución comunista
de 2019, equivale al concepto de riqueza privada, que como es sabido, se encuentra
sometido al control y prioridad estatal. Por lo tanto, ese “reconocimiento” puede
acabar chocando con el precepto constitucional que no ha sido abolido, y en
algún momento es posible que se produzcan situaciones que tensarán el marco jurídico
y legal.
El Eje 3 se refiere a la planificación
de la economía, lo que nuevamente supone atender a los preceptos de la
constitución comunista de 2019. Porque en dicho texto se establece de forma
clara que la planificación central rige en el funcionamiento de la economía o
de manera más concreta “la dirección planificada de la economía, que tiene en
cuenta, regula y controla el mercado en función de los intereses de la sociedad”.
Hablar del plan significa entrar de
lleno en uno de los postulados del fracaso de la economía cubana a la que, por obra
y gracia de la JUCEPLAN, se le quitó la capacidad para decidir, la libertad de
elección y la fuerza de las motivaciones individuales que configuran el marco
de funcionamiento de la economía de mercado.
La medida número 34 “Perfeccionar
la planificación de mediano y largo plazos, enfocada en el diseño del
desarrollo, priorizando los equilibrios macroeconómicos, reducir problemas estructurales
y dar señales de política para todos los actores económicos” vuelve a poner encima
de la mesa la cuestión relativa a si se puede perfeccionar algo que no ha
funcionado durante 67 años y que ha supuesto un cúmulo de quebrantos para la
economía nacional.
Pero es que, además, se pretende que
la planificación central e integral se oriente ahora hacia el diseño del
desarrollo, lo que implica que no tendrá un papel determinante en la ejecución de
la economía, sino que su papel se limitará a definir escenarios e indicar en
qué dirección se debe mover la economía. La sustitución de la planificación
central por una planificación indicativa, sin embargo, mantiene para la dirección
planificada funciones de lograr equilibrios macroeconómicos, reducir problemas
estructurales y trasmitir señales a los actores económicos. En suma, más de lo
mismo, a diferente nivel. Nada garantiza que el estado comunista no siga metiendo
sus narices en los procesos de decisión de la actividad económica privada. La
pervivencia del plan mantiene a la economía cubana bajo control del poder político
comunista.
En ese sentido, la medida número 35
“Incorporar en las proyecciones del Plan Nacional de Desarrollo Económico y
Social hasta 2030 y en las Estrategias de Desarrollo Provincial y Municipal las
actividades económicas, comerciales y de servicios de los actores económicos no
estatales” con esa apuesta por el horizonte de 2030 en un momento en que se precipitan
cambios trascendentales para la nación no deja de ser un enunciado voluntarista
que aporta bien poco al debate sobre el qué hacer.
Por eso, la medida 36 plantea
de forma concreta, qué modelo de planificación se quiere introducir, señalando
la prioridad hacia un “modelo de planificación financiera, donde el Estado
abandona progresivamente la distribución física de recursos, dando mayor
participación a las señales del mercado”.
Quizás alguien podría pensar que se
está apostando por un modelo mixto y que esa decisión supone el progresivo
abandono de este principio fundamental del modelo económico. Pero no es así. El
estado comunista quiere apostar por una planificación financiera, lo que quiere
decir que este poder tiene una preferencia sobre la adjudicación y asignación
de recursos financieros, limitando la acción de los actores económicos. Si bien
es cierto que se afirma el progresivo abandono de la planificación física de
recursos, el control del plan financiero invalida ese movimiento, otorgando si
cabe más poder al estado en la distribución de recursos. La referencia a “las
señales del mercado” no deja de ser otra señal de humo de las muchas que se
contienen en estas medidas.
La planificación permitirá a las
empresas estatales acceder de forma descentralizada a insumos, divisas y otros
recursos para su producción a través de mecanismos de mercado, una nueva medida
que, de aplicarse, provoca discriminación con el resto de las empresas. De
otro lado, que el encargo estatal se ejecute mediante un esquema contractual
entre entidades oferentes y demandantes no deja de ser una buena idea,
pero puede suponer trabas administrativas y de gestión que en las condiciones
actuales de urgencia no parece lo más indicado. Por último, se establece que
el proceso de planificación deberá tener presente la satisfacción de las
demandas del mercado interno.
Por medio de la medida número 37,
“Mantener los balances fundamentales de la economía (agroalimentarios, divisas,
energéticos y el presupuesto del Estado), convirtiéndose en instrumentos de
diagnóstico, anticipación y corrección de políticas” se vuelve a otorgar a la planificación
un ámbito de actuaciones más coherente con lo establecido en el texto constitucional.
La medida número 38 “Ampliar
los límites de aprobación de las inversiones a partir de la descentralización
de la facultad a empresas estatales, sociedades mercantiles o de inversión
extranjera en función de sus capacidades financieras y acceso a los recursos”.
49- Ampliar los límites de aprobación de las inversiones a partir de la descentralización de las facultades a las empresas estatales, a las sociedades mercantiles y a inversión extranjera. ¿En función de qué? De las capacidades propias, tanto financieras como del acceso a recursos. El régimen pretende superar lo que denomina el nivel tortuoso para hacer una inversión; si se disponen y generan los recursos, se puede realizar esa inversión.
El Eje 4 comprende las medidas relacionadas
con el sector presupuestado.
La medida número 39 plantea
una reestructuración de la Administración Central del Estado, que incluiría una
reducción significativa del número de ministerios y organismos presupuestados.
Esto ya se ha puesto de manifiesto por medio de una propuesta legislativa que
contempla la reorganización de las estructuras estatales y gubernamentales, con
el propósito de adecuarlas a las nuevas condiciones económicas del país y hacer
más eficiente la gestión pública. Un proceso que acabaría impactando,
directamente, en las administraciones provinciales y municipales, con un
redimensionamiento de las estructuras y plantillas laborales.
La fijación legal de la estructura
de la Administración del estado es un rasgo inherente al régimen comunista cubano
a diferencia de las democracias liberales en las que, tras unas elecciones, la
organización ministerial cambia en función de las preferencias políticas e
ideológicas. En Cuba, donde ese cambio político es inviable, el mantenimiento de las
estructuras administrativas las cronifica con el paso del tiempo y las hace
menos eficientes y productivas. Los proyectos se agotan y los equipos deben
cambiar para incorporar ideas nuevas que acaban siendo obstaculizadas por la
propia estructura del régimen político. Cabe esperar bien poco de este tipo de
transformaciones.
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