En defensa de los emprendedores privados cubanos
Elías Amor Bravo, economista
En el primer consejo de ministros de febrero, la
ministra de trabajo anunció que ya está aprobada la nueva normativa de
perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia, que permitirá eliminar el
listado de actividades autorizadas por el gobierno para el trabajo por cuenta
propia. Hasta ahora, solo se podía ejercer como emprendedor privado en Cuba en un
listado de 127 actividades autorizadas, la mayoría en el sector de servicios y de
bajo nivel de productividad.
Cuando se apruebe la reforma en cuestión, se eliminará
el listado anterior y se permitirá el ejercicio del trabajo por cuenta propia
en más de 2.000 actividades incluidas en el Clasificador Nacional de
Actividades Económicas de Cuba. Tan solo no se permitirá el trabajo
independiente en 124 actividades expresamente prohibidas, que incluyen la caza
y pesca de especies prohibidas y en peligro de extinción, la explotación de las
plantas endémicas, el empleo infantil y el trabajo forzado, entre otras.
Como ya se expuso en otra entrada de este Blog, la
decisión del gobierno es acertada. Abrir la práctica totalidad de actividades económicas
al ejercicio privado parece razonable por muchos motivos. Además, la medida
viene acompañada de elementos que pueden contribuir a lograr su éxito, como es
la tramitación administrativa.
A partir de la reforma, el alcance de la actividad a
emprender por los trabajadores privados será determinado a partir del proyecto
de trabajo que se presente por el interesado, lo que supone que se eliminan los
controles y prevenciones que se establecían en la norma antigua. De cumplirse
esta máxima, lo que se tendrá que verificar una vez que se publique la normativa
en la gaceta oficial, la responsabilidad del proyecto recaerá en los
proponentes del mismo y no en la intervención estatal.
Para mayor inri, y con el objetivo de flexibilizar
los trámites, se ha previsto que la mayoría se realicen a través de una
ventanilla única, que permitirá que en un solo lugar se pueda, a la vez,
brindar información y asesoría en esta materia, así como tramitar las
solicitudes, suspensiones, cancelaciones, permisos y consultas, en correspondencia
con el proyecto de trabajo a desarrollar. Teniendo a disposición los
instrumentos y medios online parece que esta obligatoriedad de acudir a un sitio
físico para tramitar los proyectos, queda obsoleta.
Por otra parte, la responsabilidad de los gobiernos
provinciales y los consejos de la administración municipales será mayor que
antes, con funciones concretas en materia de atención, control y evaluación del
desempeño del sector, así como en los resultados de la inspección y el
enfrentamiento a las ilegalidades. Sería deseable que se eliminasen los
mecanismos de intervención anteriores y que los funcionarios dedicados a estas
tareas entiendan la importancia de no extralimitarse en su misión.
Con este armazón, la potenciación de las fuerzas productivas
privadas en este momento tiene motivos muy justificados para el régimen.
En primer lugar, por la eficiencia y productividad
que presenta el sector privado, muy superior a la de las empresas estatales que
ocupan la centralidad de la economía por voluntad del texto constitucional
comunista. Permitir más de 2.000 actividades para el ejercicio del trabajo por
cuenta propia es prácticamente atender la totalidad, lo que favorecerá, por
ejemplo, los encadenamientos entre los emprendedores privados, que serán mucho
más productivos que los intentados por las empresas estatales.
En segundo lugar, porque gracias al mayor dinamismo
del sector privado, se podrá generar más empleo en la economía, que actualmente
cuenta con más de 600.000 trabajadores, que representa el 13% de la ocupación
en el país, un porcentaje que aún está lejos del alcanzado en otros países y
que tiene mucho recorrido para aumentar. Algunos creemos que si con 127
actividades autorizadas se alcanzó ese 13%, con 2.000 las posibilidades del
empleo privado son extraordinarias.
En tercer lugar, el potencial recaudatorio de los
trabajadores por cuenta propia. En concreto, si se observa la evolución de los
principales impuestos del estado cubano, el Impuesto sobre los ingresos
personales que recae sobre los emprendedores privados creció desde 2015 a 2019 nada
más y nada menos que un 158%, mientras que la totalidad de la recaudación
apenas lo hizo en un 18%, La decisión de
autorizar más actividades y propiciar el crecimiento de los trabajadores por
cuenta propia está justificada por la voracidad recaudatoria del estado que ha constatado
que tiene una fuente tributaria por explotar.
Conviene destacar que esta medida del consejo de
ministros no pertenece ni a la Tarea Ordenamiento ni a la Estrategia económica y
social, sino que se inscribe en el denominado “proceso de perfeccionamiento” de
la economía del país, del que proceden otras medidas como la autorización a exportar
a los trabajadores por cuenta propia, aprobada por Malmierca.
A pesar de la euforia ministerial por esta nueva medida en favor del trabajo por cuenta propia, a la que atribuyen supuestos efectos benéficos sobre la Tarea Ordenamiento, lo cual exigirá una preparación cuidadosa del personal burocrático que tendrá estas funciones.
Lo cierto es que como otros
tantos ámbitos, la decisión, siendo importante, presenta una serie de problemas
para su éxito que se tendrán que revisar para que no se conviertan en obstáculos que frenen el potencial de la reforma, y que se pueden concretar en una serie
de preguntas que se formulan en este post.
En primer lugar, ¿tendrán los emprendedores que surjan
de la nueva clasificación, la posibilidad de firmar acuerdos de negocios con
empresarios extranjeros para desarrollar proyectos de inversión, en la fórmula
de joint ventures?
En segundo lugar, ¿se autorizará la puesta en marcha
de startups escalables en la economía cubana por los nuevos emprendedores?
En tercer lugar, ¿se permitirá a los emprendedores
privados asociarse entre sí para desarrollar proyectos comunes con una escala
superior?
En cuarto lugar, ¿podrán los emprendedores privados
asociarse con empresas estatales para desarrollar negocios conjuntos y/o llegar
a tener participación en el capital de dichas empresas?
En quinto lugar, ¿tendrán ayudas fiscales, financieras y crediticias
los nuevos emprendedores para promover sus inversiones, realizar I+D+i o contratar personal
cualificado, entre otras? ¿recibirán apoyo crediticio para implementar sus proyectos
de negocio o tendrán que basarse en fondos propios solamente?
En sexto lugar, en los casos que la autoridades que
reciban los proyectos dictaminen de forma negativa la autorización, ¿tendrán
oportunidad los emprendedores de recurrir a los tribunales en defensa de sus
derechos?
En séptimo lugar, ¿serán rápidos los procesos de
autorización? Esto es importante, porque en el mundo privado la oportunidad de
los negocios depende de la rapidez, por lo tanto, ¿Qué responsabilidades
asumirá el estado cuando la resolución se dilate en el tiempo?
En octavo lugar, ¿se permitirá a los emprendedores agruparse libremente y de forma autónoma e independiente del estado, para defender sus intereses y derechos?
En noveno, ¿esta reforma será el antecedente de la ley de empresa anunciada en el calendario legislativo de la asamblea nacional?
Son numerosas preguntas las que cabe dirigir a las autoridades, posiblemente muchas más, que
de momento no tienen respuesta, pero que el régimen, con tiempo por delante,
podría ir pensando. Una economía de trabajadores por cuenta propia se encamina hacia
una en la que las empresas pequeñas y medianas privadas va a requerir de una
nueva organización jurídica que respete los derechos de propiedad y otorgue garantías constitucionales a la acumulación de renta y riqueza por la iniciativa privada. Sin ello, las
empresas no pueden crecer y aumentar su escala.
Por otra parte, la medida llega en un momento
especialmente complicado para los emprendedores privados, muchos de ellos inmersos
en una grave crisis, como consecuencia de los efectos devastadores de la pandemia
del COVID-19 y la escasa ayuda recibida del régimen para su supervivencia. Basta
comparar la generosa garantía de salarios para los trabajadores estatales, mientras
que los emprendedores privados solo han obtenido aplazamientos de pagos de impuestos, como el
de los Ingresos personales, o de licencias y sus trabajadores que han perdido las ocupaciones, han recibido en el mejor de los casos, opciones de
empleo en el sector estatal que nada tienen que ver con las actividades que
venían realizando, con la consiguiente pérdida de cualificación profesional.
El régimen comunista cubano ha elegido tiempos
difíciles para promover el desarrollo del sector privado, lo que, a simple vista,
parece un chantaje oportunista que tiene mucho de prueba o de reto, para ver si realmente
vale la pena confiar en el sector privado como salvavidas de la economía. Es
evidente que los ideólogos de la llamada “revolución” no creen en las empresas
privadas, libres, autónomas e independientes del estado, y por ello, las autorizan
en el peor momento posible. Posiblemente, con la confianza que en algún
momento, volverán a tender las redes de salvación estatal.
Se equivocan. Cuando la libertad económica encuentra puertas abiertas, después es muy difícil cerrarlas, salvo que se recurra a la figura
de la expropiación o la confiscación que se mantiene visible en la constitución comunista.
No están los tiempos para eso y el sector privado cubano saldrá adelante a pesar de que no estamos ante un Doi Moi vietnamita, ni nada que se le parezca. Y lo veremos.
Comentarios
Publicar un comentario